Aviso Oficial

Fecha de publicación18 Septiembre 2008
Fecha de disposición18 Septiembre 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31492

Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos-Dto.

Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 18/09/2008 Nº 10283/08 v. 22/09/2008 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Alfredo Segundo QUIROGA OLMOS, la Resolución CNC Nº 5483/07, dictada en el Expte. Nº 5001/07, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación: Comisar un transceptor sin marca, modelo ni número de serie (deteriorado sin frente), con micrófono de palma, propiedad del Sr. Alfredo Segundo QUIROGA OLMOS, de acuerdo con lo establecido en el articulo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 18/09/2008 Nº 10286/08 v. 22/09/2008 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Ariel Marcelo MARQUEZ, la Resolución CNC Nº 2062/07, dictada en el Expte.

Nº 2982/06, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:Comisar un transceptor marca KENWOOD, modelo TH-22AT, sin número de serie (con antena deteriorada y falso pack), propiedad del Sr. Ariel Marcelo MARQUEZ, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 18/09/2008 Nº 10295/08 v. 22/09/2008 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Juan Carlos DERCACHUC, la Resolución CNC Nº 2271/07, dictada en el Expte. Nº 6739/06, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación: Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo FTL-2011, número de serie 1K060766, con micrófono de palma (deteriorado), propiedad del Sr. Juan Carlos DERCACHUC, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados...

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