Aviso Oficial

Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2008

AVISOS OFICIALES Anteriores PODER JUDICIAL DE LA NACION De acuerdo con lo dispuesto por el art. 23º del Decreto-Ley Nº 6848/63, Ley Nº 16.478, se hace saber a los interesados que en cumplimiento a lo ordenado por el Juez serán destruidos los expedientes judiciales correspondientes al Juzgado Nacional de Primera Instancia de MENORES Nº 3 a cargo de la Dra. JULIA MARANO SANCHIS, Secretaría Nº 7, a cargo de la Dra. SYRA AMELIA LOYOLA, de los años 1921 a 1977 (ex Juzgado Criminal de Instrucción Nº 1, Secretaría Nº 102 y ex Juzgado Criminal de Instrucción Nº 1, Secretaría única), y que estén comprendidos en el art. 17º de dicho Decreto-Ley; Las partes interesadas en la conservación de alguno de ellos, podrán requerirla por escrito ante el Señor Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, antes del vencimiento de los treinta (30) días de esta publicación, debiendo justificar en dicho acto el interés legítimo que les asiste.- DR. AUGUSTO J. FERNANDEZ PINTO DIRECTOR GENERAL - ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.

PODER JUDICIAL DE LA NACION --ARCHIVO GENERAL-- del Poder Judicial de la Nación.

CDE. ACT. N º 13.454/08

AUGUSTO J. FERNANDEZ PINTO, Director General, Archivo Poder Judicial de la Nación.

e. 10/09/2008 Nº 8921/08 v. 12/09/2008 PODER JUDICIAL DE LA NACION De acuerdo con lo dispuesto por el art.23º del Decreto-Ley Nº 6848/63, Ley Nº 16.478, se hace saber a los interesados que serán destruidos los expedientes judiciales correspondientes a los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo CORRECCIONAL Nº 1, a cargo del Dr. FACCIUTO, Secretaria Nº 51 a cargo del Dr. FOSSA de los años 1954 a 1989 (legajos 13.102 a 13.160), Secretaría Nº 52 a cargo de la Dra. PEREZ DE GALLEGO de los años 1978 a 1989 (legajo 13.161 a 13.234); CORRECCIONAL Nº 6, a cargo del Dr. ETCHARRAN, Secretaría Nº 55 a cargo del Dr. FOX de los años 1977 a 1990 (legajo 13.235 a 13.323) y Secretaría Nº 101 a cargo de la Dra. D'ESPOSITO de los años 1977 a 1989 (legajo 13.324 a 13.379) y que estén comprendidos en el art. 17º de dicho Decreto-Ley.

Las partes interesadas en la conservación de alguno de ellos, podrán requerirla por escrito ante el Señor Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, antes del vencimiento de los treinta (30) días de esta publicación, debiendo justificar en dicho acto el interés legítimo que les asiste. Dr. AUGUSTO J. FERNANDEZ PINTO --DIRECTOR GENERAL-- ARCHIVO GENERAL DEL PODER...

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