Aviso Oficial

EmisorAduana de Oran-salta
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2010

Jueves 23 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.054 32 en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldÃa, asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta aduana (art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (art. 1004 del C.A.). Se le hace saber que el pago de la multa mÃnima y el abandono de la mercaderÃa, en caso de corresponder, producirá la extinción de la acción penal y la no registración de antecedente (arts. 930/932 C.A.). Fdo.:

Ing. HUGO EDUARDO SAIPE, Administrador Interino de la División Aduana Barranqueras.

e. 23/12/2010 N'º' 159391/10 v. 23/12/2010 % 32 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE BARRANQUERAS Código Aduanero - Ley 22.415 - ArtÃculo 1112 Inc. A) Por ignorarse los domicilios se notifican a las personas que más abajo se mencionan, que en la actuaciones tramitadas por ante esta dependencia, en las que se encuentran involucradas como imputados, han recaÃdo fallos donde se condenan a las multas referidas y al comiso de las mercaderÃas oportunamente secuestradas, intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) dÃas de ejecutoriada en sede administrativa; bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado texto legal. Asimismo, se les hace saber que, contra el referido fallo podrán interponer demandas contenciosas y/o recursos de apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo antes mencionado. (arts. 1132 y 1133

C.A.) Fdo.: Ing. HUGO EDUARDO SAIPE, a/c de la Administración de la División Aduana Barranqueras.

e. 23/12/2010 N'º' 159392/10 v. 23/12/2010 % 32 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIVISION ADUANA DE CORDOBA Sección “S”, Córdoba, 19/10/2010

RESUELVO:

ART.

3'º INTIMAR a… para que dentro de un término de QUINCE (15) dÃas de notificada la presente proceda a hacer efectiva la multa del art. 1'º, bajo apercibimiento de ejecución en los términos de los arts. 1122, 1125 ss. y conc. del Código Aduanero. ART. 4'º. HACER SABER a los interesados que el presente agota la vÃa administrativa. Que contra el mismo resulta procedente los recursos previstos en el art. 1132 del C.A., debiendo estar en el plazo previsto en el art. 1113 del Código Aduanero. ART. 5'º. DE FORMA.

Fdo.: Lic. HECTOR GUSTAVO FADDA, Administrador, División Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires N'º' 150 - Córdoba e. 23/12/2010 N'º' 159389/10 v. 23/12/2010 % 32 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIVISION ADUANA DE CORDOBA Sección “S”, Córdoba, 19/10/2010

Fdo.: Lic. HECTOR GUSTAVO FADDA, Administrador (I), División Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires N'º' 150 - Córdoba.

e. 23/12/2010 N'º' 159390/10 v. 23/12/2010 % 32 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE ORAN Orán, 9/12/2010

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) dÃas hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de RebeldÃa (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio...

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