Aviso Oficial
Fecha de la disposición | 23 de Diciembre de 2010 |
Jueves 23 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.054 34
N'º' 614 de fecha 26 de mayo de 2009, entre esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en su calidad de Autoridad de Aplicación en los términos del Decreto N'º' 1020 de fecha 30 de julio de 2009, y la Empresa AEC SOCIEDAD ANONIMA, Concesionaria del Acceso Riccheri a la Ciudad de Buenos Aires, por Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2009, aprobado por la Resolución N'º' 2738/09 del Registro de esta Dirección Nacional, las partes acordaron la aplicación parcial de la tarifa correspondiente a la categorÃa 2, y la no aplicación de las categorÃas 1, 3, 4, 5, 6, y 7 del cuadro tarifario aprobado por el mencionado Decreto N'º' 614/09.
Que asimismo se convino que la aplicación parcial de la tarifa acordada para la CategorÃa 2, no serÃa de aplicación a aquellos vehÃculos que, utilizando la modalidad de pago por telepeaje, presten el servicio de taxis y/o remises, considerados tales por la Reglamentación a elaborarse por la Concesionaria con la debida aprobación del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que en esta nueva oportunidad, esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Acceso Riccheri a la CIUDAD DE BUENOS AIRES, considera conveniente proceder a la aplicación total de la tarifa correspondiente a la categorÃa 2 del cuadro tarifario aprobado por el mencionado Decreto N'º' 614/09, manteniendo suspendida la aplicación de las categorÃas 1, 3, 4, 5, 6, y 7.
Que se estima conveniente asimismo, mantener vigentes las tarifas actualmente aplicables a aquellos vehÃculos que, utilizando la modalidad de pago por telepeaje, presten el servicio de taxis y/o remises, conforme lo convenido en el mencionado Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2009, aprobado por la Resolución DNV N'º' 2738/09.
Que corresponde en consecuencia aprobar la aplicación de la tarifa correspondiente a la categorÃa 2, resultante del cuadro tarifario aprobado por el mencionado Decreto N'º' 614/09 y del mantenimiento de la suspensión de la aplicación de las tarifas establecidas para las categorÃas 1, 3, 4, 5, 6, y 7.
Que los efectos económicos de lo aquà establecido, serán debidamente considerados en la instancia de revisión integral del contrato...
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