Aviso Oficial

EmisorAduana de Bernardo de Irigoyen-misiones
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2010

Jueves 18 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.031 50

Cuatrocientos Veinte C/00/100 (U$S 420,00) —Cargo SIFIAD VE 148/2010—; 05082 EC01 002517

J, por lo cual se determinó una diferencia a pagar de dólares norteamericanos Cuatrocientos Veinte C/00/100 (U$S 420,00) —Cargo SIFIAD VE 147/2010—; 05082 EC01 002327 X, por lo cual se determinó una diferencia a pagar de dólares norteamericanos Trescientos Treinta y Seis C/00/100 (U$S 336,00) —Cargo SIFIAD VE 146/2010—; 05082 EC01 002130 A, por lo cual se determinó una diferencia a pagar de dólares norteamericanos Cuatrocientos Veinte C/00/100 (U$S 420,00) —Cargo SIFIAD VE 145/2010—; 05082 EC01 000945 M, por lo cual se determinó una diferencia a pagar de dólares norteamericanos Quinientos Cuatro C/00/100 (U$S 504,00) - Cargo SIFIAD VE 144/2010 y 05082 EC01 001669 Z, por lo cual se determinó una diferencia a pagar de dólares norteamericanos Ochocientos Cuarenta C/00/100 (U$S 840,00) - Cargo SIFIAD VE 143/2010, informando que dichos montos deberán ser abonados en pesos al tipo de cambio vigente al dÃa anterior al del efectivo pago, asimismo se informa a la firma citada que contra el acto que se notifica se podrá deducir el procedimiento de impugnación contemplado en el art. 1053 y ss. del Código Aduanero, en el plazo de diez dÃas hábiles administrativos, contados a partir de la notificación de la presente. Por Sección “S”,

NOTIFIQUESE. Fdo. Abog. RAUL ANTONIO ROMERO, Adm (I) Ad. Bdo. De Irigoyen, AFIP-DGA.” Abog. RAUL ANTONIO ROMERO, Admin. (I), Ad. Bdo. De Irigoyen, AFIP, DGA.

e. 18/11/2010 N'º' 141159/10 v. 18/11/2010 % 50 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN EDICTO NOTIFICACION (Ley 22.415 y 25.603).

Bdo. de Irigoyen, 19/10/2010

La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente, por un (1) dÃa a quienes acrediten su derecho a disponer de las mercaderÃas cuya identificación más abajo se detalla, que conforme lo estatuye el Art. 418 de la Ley 22.415 y la Ley 25.603, podrán solicitar en relación con las mismas alguna destinación aduanera admitida, dentro del plazo de treinta (30) dÃas corridos, contados desde la última publicación del presente, sin perjuicio del pago de las multas que pudieran corresponder de conformidad a lo estatuido en los Arts. 218 y 222 de la Ley en primer término citada. A dichos efectos los...

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