Aviso Oficial

EmisorInstituto Nacional de Asociativismo y Economia Social
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2010

Lunes 15 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.028 76 % 44 % MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N'º 1656, notifica, y hace saber que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S que la entidad Cooperativa AgrÃcola Ganadera “La Nena” Limitada,

Expte.: 3423/10, MatrÃcula: 2421, “El Manzano” Cooperativa AgrÃcola Ganadera y de Consumo Limitada, Expte.: 3421/10, MatrÃcula: 2445, Cooperativa de trabajo “Alfil del Mar” Limitada, Expte.: 2501/10, MatrÃcula: 23899, Cooperativa de Trabajo Mares del Sur Limitada, Expte.: 3502/10,

MatrÃcula: 15138, Cooperativa de Trabajo y Consumo Transportes Patagónicos Limitada, Expte.:

3422/10, MatrÃcula: 2425, Asociación Mutual para el Personal de Seguridad de la Provincia de Salta, Seguridad Privada y Actividades Afines “Amupese”, Expte.: 3690/09, MatrÃcula: Salta 97,

Mutual Prevención, Expediente: 494/05, MatrÃcula: BA 2267, se encuentra encuadrada dentro de las prescripciones contenidas en los artÃculos N'º 1 y N'º 2 de la Resolución N'º 3369/09 por lo que está suspendida su autorización para funcionar, de acuerdo al Anexo II de la citada Resolución por lo expuesto y en atención al estado de los presentes actuados adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada, haciéndole saber a la sumariada sobre las iniciación de las presentes actuaciones, pudiendo dicha entidad, en plazo de 10 (diez) dÃas hábiles, más los plazos ampliatorios que correspondan en razón de la distancia (art. 1, inc. F, Ley 19.549), para la entidad que se encuentran fuera del radio urbano de la CABA, presentar descargo y ofrecer sólo prueba documental que haga a su derecho. Dicho plazo comenzará a regir desde el último dÃa de la publicación del presente, asimismo deberá constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención, de sus apoderados o de sus representantes legales (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario 1759/72, t.o. 1991). Vencido el término se emitirá una disposición sumarial que dé por concluido el sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada; aconsejando la medida adoptar. Asimismo notifÃquese que el Suscripto ha sido designado Instructor Sumariante por orden la Secretaria de Contralor. El presente deberá publicarse por TRES...

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