Aviso Oficial

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2010

Jueves 28 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.016 41 en la Licitación Pública Nacional N'º' 13/07, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTICULO 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archÃvese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

” Fdo.: Dra. MATILDE SCALETZKY PRESIDENTE SALA III, Dra. MARIA VIRGINIA DIAZ DE PRADA VICEPRESIDENTE 1'º, Dr. CARLOS MARIA CARCOVA VICEPRESIDENTE 2'º, Dra. SILVIA BEATRIZ MACCHI y Dr. EMILIO H. BULLÓ.

CAUSA N'º 22.306 “RIZZOLI, Adriana c/CPACF (Expte. 18548/04)”.

”. Fdo.: SERGIO GUSTAVO FERNANDEZ, JORGE EDUARDO MORAN y LUIS M. MARQUEZ.

La sanción quedó firme el 13.05.2010 y la suspensión de tres meses abarca el perÃodo que va desde el 29.06.2010 hasta el 28.09.2010.

Fdo.: BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.

e. 28/10/2010 N'º' 128670/10 v. 28/10/2010 % 41 % PODER JUDICIAL DE LA NACION CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO Acordada N'º' 202/2010

CONCEDIENDO AUTORIZACION AL JUEZ FEDERAL DE SAN NICOLAS PARA LA DESTRUCCION DE EXPEDIENTES ARCHIVADOS En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los cinco dÃas del mes de octubre de dos mil diez, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, señores Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones;

Y VISTA:

La solicitud formulada por el Juez Federal a cargo del Juzgado Federal nro. 2 de San Nicolás a fin de que se autorice la destrucción de expedientes archivados que tramitaron por la secretarÃa nro.

3 de ese Juzgado, en condiciones de ser destruidos.

Y CONSIDERANDO:

1'º) Que el Juez Federal de San Nicolás, Dr. MartÃn Alberto MartÃnez solicita se autorice la destrucción de los expedientes incluidos en el listado que adjunta —en 28 fojas— que tramitaran por ante la secretarÃa nro .3 de ese Juzgado a su cargo, los que se encuentran archivados por más de 20 años o paralizados desde hace más de diez y cuya destrucción fuera aconsejada por personal de la Dirección General de Archivo del Poder Judicial de la Nación, por lo que, atento lo expresado por el Magistrado solicitante, lo dispuesto en el art. 17 del decreto ley 6848/63 ratificado por Ley 16.478, y previo cumplimiento del artÃculo 23 del cuerpo legal citado, corresponde se destruyan.

2'º) En relación con el destino de los expedientes archivados cuya destrucción se dispondrá por la presente ha de estarse al procedimiento indicado por...

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