Aviso Oficial

EmisorColegio Publico de Abogados de la Capital Federal
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2010

Miércoles 25 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.972 29

ANEXO I 5 CABINA TRASERA COMPARTIMIENTO ATENCION DE PACIENTES 5.1 INTERIOR Deberá poseer comunicación con la cabina de conducción a través de una ventana corrediza sobre el tabique divisorio entre la cabina y el compartimiento sanitario construido en PFRV.

Referencias (1) Tipo de procedimiento por el que se realizó la selección (licitación pública, concurso privado, contratación directa, etc.).

(2) Clase de procedimiento (etapa única nacional, etapa múltiple internacional, etc.).

(3) Modalidad utilizada (consolidada, iniciativa privada, precio tope o de referencia sin modalidad, etc.).

(4) Indicar rubros comerciales conforme a la tabla del Anexo XIII.

(5) Indicar dirección, código postal, localidad y provincia.

NOTA: La presente Resolución se publica nuevamente en razón de haber aparecido con error en la edición del dÃa 24 de agosto de 2010.

e. 25/08/2010 N'º98049/10 v. 25/08/2010 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.

Belgrano N'° 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: A. M.

VILLA INES, MatrÃcula CBA 434; M. BARRIO 23 DE ABRIL, MatrÃcula CBA 646; A. M. DE CADETES,

MOTOCICLISTAS Y EMPLEADOS DE MENSAJERIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, MatrÃcula CF. 2372.Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas âut supraâ ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) dÃas con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art. 1'° inc. f) de la Ley N'° 19.549), que comenzará a regir desde el último dÃa de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts.19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N'° 1759/72 (T.O. 1991). El presente deberá publicarse por TRES (3) dÃas en el BoletÃn Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en...

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