Aviso Oficial

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición14 de Junio de 2010

Bs. As., 7/6/2010

VISTO, el expediente Nº 285/2009/INCAA y las Resoluciones Nº 1887/08, 2022/08, 1590/09 y 603/10/INCAA y;

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 1887/08/INCAA se llamó a dos Concursos anuales para la producción de DIEZ (10) películas de largometraje de ficción o animación, cuyo soporte de filmación sea digital y su finalización en calidad broadcasting Internacional, seleccionándose en cada llamado CINCO (5) Proyectos Ganadores y CINCO (5) Proyectos Suplentes.

Que por la Resolución Nº 603/10/INCAA se nombró al jurado designado para el segundo llamado del Concurso mencionado anteriormente.

Que el Jurado designado para la mencionada selección se expidió en su Acta del 31 de mayo de 2010, obrante en el expediente mencionado.

Que a su vez en el mismo Acta el Jurado 'declara vacante el quinto premio previsto así como los 5 suplentes debido a no encontrar entre ellos alguno que satisfaga a por lo menos 3 de los 5 jurados'.

Que corresponde dictar resolución al respecto en virtud de las facultades conferidas en el Artículo 2º de la Ley 17.741 (t.o. Decreto 1248/01).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese como GANADORES del 'Segundo llamado del Concurso Anual del período 2009 para la producción de largometrajes de ficción o animación, cuyo soporte de filmación sea digital y su finalización en calidad broadcasting Internacional', llamado por la Resolución Nº 1887/08/INCAA:

BANCO CIUDAD www.bancociudad.com.ar Miembro de la Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario y Social REMATE CON BASE POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA Nº 31.923 22

por la comisión de la infracción prevista y penada por el art. 954 inc. a) del Código Aduanero al pago de una MULTA cuyo importe asciende a PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NUEVE CON 38 CTVOS. ($ 89.309,38). ARTICULO 3º:

INTIMAR a los nombrados en el art. 1ro. para que dentro del plazo de quince (15) días hábiles desde la notificación del presente, hagan efectivas las sumas reclamadas en el art. 1ro., bajo apercibimiento de aplicación del procedimiento previsto por el art. 1122 ss. y cc. del C.A.'. Firmado: ADRIAN N.

SCAGLIONI, Administrador I, División Aduana de La Plata'.

e. 14/06/2010 Nº 63993/10 v. 14/06/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Ley 22.415 Art. 1013 Inc. H.

Por ignorarse...

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