Aviso Oficial
Fecha de publicación | 09 Junio 2010 |
Fecha de disposición | 09 Junio 2010 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31921 |
CLAUSULADECIMOCUARTA:'LasPartes'acuerdanquelospréstamoscomprendidosenelmarcodel presente Convenio no serán susceptibles de ser refinanciados, con bonificación de la SUBSECRETARIA.
En caso de que el beneficiario de un préstamo comprendido en el Convenio solicitase una refinanciación y la misma le fuese otorgada, el mencionado préstamo perderá automáticamente el beneficio de la bonificación de tasa a que se hubiere sujetado.
CLAUSULA DECIMOQUINTA:'Las Partes'acuerdan que todos aquellos préstamos otorgados desde el día de vencimiento del Convenio aprobado mediante la Disposición Nº 388 de fecha 23 de septiembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el día 31 de marzo de 2010, serán considerados a todos sus efectos, en los términos y bajo las condiciones de las cláusulas de este Convenio.
CLAUSULA DECIMOSEXTA: Cualquiera de 'Las Partes' podrá rescindir el presente Convenio, con SESENTA (60) días de antelación. En este supuesto, 'Las Partes' nada tendrán que reclamarse entre sí por ningún concepto, manteniéndose las obligaciones a cargo de cada una de ellas respecto de los préstamos otorgados e informados en tiempo y forma por el FIDUCIARIO, con anterioridad a la fecha en que se notifique la rescisión de este Convenio de Bonificación de Tasas.
CLAUSULA DECIMOSEPTIMA: 'Las Partes' constituyen domicilios en los indicados en el encabezado del presente Convenio.
del año 2010.
ANEXO ANEXO I AL CONVENIO CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO BENEFICIARIOS Microemprendimientos bajo cualquier forma societaria o unipersonal de todos los sectores económicos.
DESTINO
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Adquisición de bienes de capital de origen nacional.
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Instalación y/o montaje y accesorios, requeridos para la puesta en marcha de los bienes adquiridos.
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Otras inversiones en general: (construcciones, galpones, alambrados, mejoras, reproductores de cualquier especie, etcétera).
-
Capital de trabajo hasta un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total de crédito solicitado.
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Incorporación de Tecnología Informática (software).
EXCLUSIONES -Compra de inmuebles de cualquier índole.
-Vehículos, salvo aquellos destinados a aumentar la productividad en el objeto principal del proyecto.
-Honorarios profesionales.
MONTO Hasta un máximo de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000).
PORCENTAJE...
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