Aviso Oficial

EmisorInstituto Nacional de Semillas
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2010

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Decreto Nº 577/2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Dase por aprobado a partir del 15 de febrero de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado por el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Juan Sebastián PALADINO (D.N.I. Nº 34.229.546) para desempeñar funciones de Asistente Administrativo en la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), equiparado con el Nivel E - Grado 0, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo I de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto 1421/02 y de la Resolución SGP Nº 48/02.

ARTICULO 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 - Servicio Administrativo Financiero Nº 342 de Apoyo a la ACUMAR.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Dr. ANIBAL DOMINGO FERNANDEZ, Jefe de Gabinete de Ministros.

e. 12/05/2010 Nº 50607/10 v. 12/05/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS CODIGO ADUANERO (LEY 22.415) EDICTO Nº 46/10

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer las pruebas por las infracciones que en cada caso se indica, bajo apercibimiento de REBELDIA. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina (art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de Ley (art. 1004). Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la NO REGISTRACION DEL ANTECEDENTE (art. 930/932).

FDO. Abog. MARIA CARLOTA MARINI MERCADO, División Secretaría de Actuación Nº 1, Departamento Procedimiento Legales Aduaneros ubicado en el calle Hipólito Irigoyen Nº 440, Piso 1º.

Sumario Infrac. Causante Tributos Multa 12034-476-07 970

TORNILLOS ESPECIALES LANUS SA...

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