Aviso Oficial

Fecha de disposición23 Abril 2010
Fecha de publicación23 Abril 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31889

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 23, inciso

a) del Régimen General de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto Nº 1023/2001.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES DISPONE:

ARTICULO 1º

El importe total de las adjudicaciones de los procedimientos de selección incluidas las opciones de prórrogas previstas, no deberán exceder el monto que como límite máximo fija para encuadrarlos el artículo 22 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/2000, si ese hubiese sido el criterio adoptado para elegirlos.

ARTICULO 2º

Deberán declararse fracasados los procedimientos de selección cuando el importe total de las adjudicaciones incluidas las opciones de prórrogas previstas, excedan el monto que como límite máximo fija para encuadrarlos el artículo 22 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/2000, y ese hubiese sido el criterio adoptado para elegirlos.

ARTICULO 3º

La presente disposición es de alcance general y obligatorio para los organismos comprendidos dentro del ámbito de aplicación del Decreto Nº 1023/2001.

ARTICULO 4º

La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, para los procedimientos de selección que a partir de esa fecha se autoricen.

ARTICULO 5º

Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Lic. GUILLERMO A. BELLINGI, Director Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

  1. 23/04/2010 Nº 41345/10 v. 23/04/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS EDICTO. La División Fiscalización Externa III dependiente de la Dirección de Fiscalización de Grandes Contribuyentes Nacionales de la Dirección General Impositiva - Administración Fiscal de Ingresos Públicos, en virtud de lo establecido por la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones) en su artículo 100 --último párrafo-- notifica por cinco (5) días al contribuyente Norberto Eduardo PRIU, inscripto en este organismo con la CUIT 20-04305656-6, lo siguiente:

  1. El inicio de la Orden de Intervención Nº 473656 al mencionado contribuyente, mediante Formulario 8000 002 Nº 0007462.

  2. En el marco de la mencionada Orden de Intervención, se procede a notificarle la liquidación con los ajustes propiciados por la dependencia interviniente en el Impuesto sobre los Bienes Personales por el periodo fiscal 2003, en su carácter de heredero de su señor padre, el fallecido contribuyente Norberto Priu (CUIT: 20-00124626-8), conforme con lo establecido por los artículos 33 y 34 de la Ley del Impuesto a las Ganancias...

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