Aviso Oficial

Fecha de disposición15 Abril 2010
Fecha de publicación15 Abril 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31883

Su sustitución. Resolución General Nº 2774.

Bs. As., 7/4/2010

En la Resolución General Nº 2774 publicada en el Boletín Oficial Nº 31.855 del día 3 de marzo de 2010.

- En el ARTICULO 5º, inciso c):

CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 150.-).' Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal e. 15/04/2010 Nº 38923/10 v. 15/04/2010 MINIStERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PuBLICAS SuPERINtENDENCIA DE SEGuROS DE LA NACION Resolución Nº 34.969/2010

EXPEDIENtE Nº 53.536 - PRESuNtAS INFRACCIONES DEL P.A.S.SRA.GRuBER,CYNtHIA ANDREA (MAtRICuLA Nº 502.189) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 53.536.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación de la productora asesora de seguros Sra. GRUBER,

Cynthia Andrea (matrícula Nº 502.189), hasta tanto comparezca a estar a derecho munida de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en JULIAN ALVAREZ Nº 160, 1º '7' (C. P. 1414) - C. A. B. A., y publíquese en el Boletín Oficial. -- Fdo.: GUSTAVO MEDONE. Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 15/04/2010 Nº 37446/10 v. 15/04/2010 MINIStERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PuBLICAS SuPERINtENDENCIA DE SEGuROS DE LA NACION RESOLuCION Nº 34.992/2010

EXPEDIENtE Nº 51733 'INSCRIPCION DE PERSONAS FISICAS EN EL REGIStRO DE PRODuCtORES ASESORES DE SEGuROS'.

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Inscribir en el Registro de Productores Asesores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en el territorio nacional y en todas las ramas del seguro, a las personas físicas que aparecen incluidas en el ANEXO I de la presente Resolución.

ARTICULO 2º

Inscribir en el Registro de Productores Asesores de Seguros - Vida, a las personas físicas que se detallan en el ANEXO II de la presente Resolución, quienes podrán intermediar exclusivamente en operaciones de seguros de Vida, Retiro y Accidentes Personales de todo el país.

ARTICULO 3º

Reinscribir en el Registro de Productores Asesores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en contratos de seguros, en todo el país y en todas las ramas del seguro, a las personas físicas que se detallan en el ANEXO III de la presente Resolución.

ARTICULO 4º

Reinscribir en el Registro de Productores Asesores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en...

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