Aviso Oficial Notifica a Javier Marcelo Bossana

Fecha de publicación26 Octubre 2007
Fecha de disposición26 Octubre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31268

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Carlos Alberto VILLOLDO, la Resolución CNC Nº 1483/07, dictada en el Expte. Nº 1123/06, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1º

Comisar un transceptor marca YAESU, modelo FT-23R, sin número de serie, sin antena, con falso pack, propiedad del Sr. Carlos Alberto VILLOLDO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos- Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 24/10 Nº 561.292 v. 26/10/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Juan José FAVRE, la Resolución CNC Nº 800/07, dictada en el Expte. Nº 6671/ 05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1º

Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo VX-2000V, número de serie 9C110309, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Juan José FAVRE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos --Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94--, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 24/10 Nº 561.284 v. 26/10/2007 COMISION NACIONAL...

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