AVISO LEY 19.550 - LABVEGETAL SAS

Fecha de la disposición11 de Agosto de 2021

LABVEGETAL SAS comunica: I. Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 37 Ley 27.349, que por Reunión de socios unánime de fecha 07 de agosto de 2021, se aprobó la modificación intregral el estatuto social de la sociedad, en particular, modificando el objeto social de la sociedad (artículo 4), y la organización de la misma (artículo 9, 10, 11, 12 y 14). A saber: CUARTO. OBJETO SOCIAL: 4.1. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean personas humanas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: 1) TECNOLOGÍA AGROINDUSTRIAL; 2) AGROPECUARIA; 3) ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO; 4) DESARROLLO DE SOFTWARE; 5) CONSTRUCTORA INMOBILIARIA; 6) FRANQUICIAS; 7) MANDATOS; 8) FIDUCIARIA; 9) PROVEEDOR DEL ESTADO; 10) IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN; 11) LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS; 12) SERVICIOS MÉDICOS; 13) COMERCIALIZACIÓN. NOVENO. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DE REPRESENTACIÓN. DIRECTORIO: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) directores titulares, a decidir por la reunión de socios. Cada uno de los accionistas tendrá la facultad de designar un Director Titular y su respectivo suplente. 9.1. Directorio Unipersonal: En caso que el Directorio funcione de modo unipersonal, el Director Titular único, será el Presidente de la sociedad y a su cargo, también se encontrará la gestión de los negocios ordinarios y las funciones ejecutivas de la administración de la sociedad. 9.2. Directorio plural. En caso de que los miembros del Directorio sean más de uno (1), se aplicaran las siguientes reglas: 9.2.1. Directorio con dos directores titulares: el primer Director titular designado ocupará el cargo de Presidente del Directorio y el segundo Director titular, será el Director Ejecutivo, quien tendrá a su cargo la gestión de los negocios ordinarios de la sociedad y las funciones ejecutivas de la administración en los términos de los arts. 269 y 270 LGS, y será el encargado de llevar los libros sociales. En caso de ausencia o vacancia del Presidente del Directorio o del Director Ejecutivo, estos serán reemplazados, por el Director Suplente designado para su cargo. DÉCIMO. FACULTADES DEL DIRECTORIO, REPRESENTACIÓN y DIRECTOR EJECUTIVO: 10.1. Facultades del Directorio. El Directorio tiene todas las facultades de administración y disposición de los bienes, incluidas aquellas para las...

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