AVISO LEY 19.550 - INSTITUTO DE EDUCACIÓN ACADÉMICA IDEA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2020

“INSTITUTO DE EDUCACIÓN ACADÉMICA IDEA” SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA comunica que por Acta de Subsanación de fecha 22 de septiembre de 2.020 del Contrato Social perteneciente a “Instituto de Educación Académica IDEA” SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA se modifican los artículos, SEXTO, SÉPTIMO, OCTAVO, DÉCIMO Y DECIMOCUARTO. Quedando los mismos redactados de la siguiente forma: SEXTA: Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos ciento veinte mil ($ 120.000.-), representados por 1.200 cuotas de cien pesos ($100) valor nominal cada una y con derecho a un voto. Los socios suscriben el cien por ciento (100%) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: MONICA PATRICIA TOSI suscribe la cantidad de 600 cuotas de $ 100 (Pesos cien) valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota. HUGO ULISES TOSI suscribe la cantidad de 600 cuotas de $ 100 (Pesos cien) valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante comprobante de depósito online Banking del Banco Santander Rio, Sucursal Mendoza Tribunales, cuenta única N.º 467-358046/8, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de un (1) año, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. SÉPTIMA: Administración, Dirección y Representación: La dirección y administración estará a cargo de un gerente nombrado tal, por el presente contrato, cuya designación recae en la señora Mónica Patricia Tosi, D.N.I. 23.245.663, quien actuará en forma individual, precedida de su firma y de sello social. La firma podrá obligarse solamente en operaciones que se relacionen con el giro social, quedando prohibido comprometerla en finanzas y/o avales de cualquier especie a favor de terceros. Para los fines sociales el/los Gerentes podrán en la forma indicada: 7.1. Operar con toda clase de Bancos y/o cualquier clase de entidad o institución crediticia o financiera de cualquier índole; 7.2. Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceros judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren; 7.3. Tomar dinero en préstamos garantizados, con derechos reales, aceptar prendas, constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos...

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