AVISO LEY 19.550 - LORES DESARROLLOS PUBLICITARIOS S.A.S.

Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2019

LORES DESARROLLOS PUBLICITARIOS S.A.S. Comunìquese acta subsanatoria de fecha 04 de Noviembre de 2019, donde se subsanan las observaciones que se efectuaran en el expediente electrónico N° EX2019-06078961-MGTYJ-DPJ según dictamen N° DOCJU-2019-06079082-GDEMZA-DPJ#MGTYJ de fecha 01 de Noviembre de 2019, por el cual se tramita la conformación e inscripción de la Sociedad “LORES DESARROLLOS PUBLICITARIOS Sociedad por Acciones Simplificada”. Dichas observaciones efectuadas por el Área Legal de la Dirección de Personas Jurídicas quedan subsanadas por acta subsanatoria de fecha 04 de Noviembre de 2019, donde se resolvió: 1°) Que en el instrumento privado de constitución de la sociedad por error se olvido consignar nacionalidad y numero de CUIT de los socios comparecientes. Por lo tanto, se modifico la misma quedando de la siguiente manera: En la provincia de Mendoza, Distrito Ciudad, Departamento Capital, de la República Argentina, la señorita CANDELARIA INES LORES, Argentina, CUIT Nº 27-37194830-4, nacida el 10 de Febrero de 1993, con Documento Nacional de Identidad N° 37.194.830, de estado civil soltera, Profesión Comerciante, con domicilio en calle Patricias Mendocinas Nº 2155, Distrito San Jose, Departamento Guaymallen, Provincia de Mendoza y el señor FRANCISCO JOSE LORES, nacido el 11 de Marzo de 1989, con Documento Nacional de Identidad Nº 34.068.517, Argentino, CUIT Nº 20-34068517-3, de estado civil soltero, profesión Comerciante, con domicilio en calle Tabanera S/N, Finca Fernandez Alvarez, Distrito Los Sauces, Departamento Tunuyan, Provincia de Mendoza; quienes para todos los efectos se denominarán los constituyentes, mediante el presente escrito manifestamos nuestra voluntad de constituir una Sociedad por Acciones Simplificada, que se regulará conforme a lo establecido por la ley 27.349 y supletoriamente por la Ley General de Sociedades, Ley 19.550 y en las siguientes cláusulas; 2) Modifíquese el artículo QUINTO del estatuto social por el siguiente: El Capital Social es...

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