AVISO LEY 19.550 - MONTEMAR BURSATIL S. A.

Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2018

MONTEMAR BURSATIL S.A. En cumplimiento de lo estipulado en la Ley de Sociedades Comerciales en su art. 10, se hace saber que por acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 26 de noviembre de 2018 se aprobó la modificación de los artículos 1 y 3 del estatuto social con motivo de las nuevas operatorias de negocios y el cambio de razón social, y consecuentemente la modificación de los mismos los que quedan redactados de la siguiente manera: ARTICULO 1°: Con la denominación de MONTEMAR CAMBIO S.A., continúa su funcionamiento la sociedad antes denominada Montemar Bursátil S.A. que se regirá por los presentes Estatutos y supletoriamente por la ley 19.550 y su modificatoria Ley 22.903 y demás leyes y reglamentaciones vigentes que tendrá como domicilio legal el de calle San Martín 1152 de la Ciudad de Mendoza o en el lugar de la Provincia de Mendoza que con posterioridad se fije, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier punto de la República Argentina y/o en el extranjero, de acuerdo con la legislación vigente y el ARTICULO 3°: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, las siguientes actividades: a) OPERADOR DE CAMBIO: Sujeto a la autorización del Banco Central de la República Argentina, ejercer en los términos, límites y condiciones previstos por el Banco Central de la República Argentina y otros organismos de control que pueda intervenir en la materia, las operaciones propias de una agencia de cambio, a saber: Compra y venta de monedas y billetes extranjeros; Compra, venta y canje de cheques de viajero; Compra y venta de oro amonedado y en barras de buena entrega y todas las operaciones permitidas a un operador de cambio conforme las normas vigentes del Banco Central de la República Argentina.- b) AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO: La explotación de agencia de viajes y turismo, pudiendo realizar reservas y ventas de pasajes, terrestres, aéreos, marítimos, nacionales o internacionales; organización, reserva y ventas de excursiones propias o de terceros, reservas de hotelería dentro y fuera del país, incluyendo los hoteles propios que tenga la Sociedad, reserva, organización y venta de entradas a espectáculos culturales, deportivos, artísticos o sociales; reserva, organización y ventas de charters y traslados, dentro y fuera del país de contingentes turísticos para lo cual podrá realizar todas las gestiones, los mandatos, consignaciones, compras, ventas...

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