AVISO LEY 19.550 - PEDRO Y CARLOS MONTEVERDI SRL

Fecha de la disposición18 de Julio de 2018

PEDRO Y CARLOS MONTEVERDI S.R.L.- Comunica que por acta de reunión de socios del 30 de Octubre del 2017 se procedió a modificar los artículos Octavo, Noveno, Décimo Cuarto y Décimo quinto del contrato social, los que quedaron redactados de la siguiente manera:“ARTICULO OCTAVO. ADMINISTRACION SOCIAL. La Administración y representación de la sociedad estará a cargo de los socios que sean designados gerentes. Los cargos de gerente se dividen en funciones resultando un cargo de Gerente Financiero y Gerente Administración. Los gerentes electos ejercerán sus cargos de gerente por tiempo indeterminado. Para el caso de vacancia por renuncia o fallecimiento será necesaria una nueva elección y el gerente restante podrá suplir las funciones del renunciante o fallecido hasta la nueva elección. El Gerente Financiero tiene la función de representación de la sociedad y ejercerá dicha función frente a terceros teniendo para ello el uso de la firma social y en particular el manejo y administración de los fondos sociales y sus relaciones con Bancos y/o Entidades Financieras privadas, públicas o mixtas. El Gerente Administrativo tendrá las funciones de administración interna de la sociedad. Ninguno de los gerentes podrá sin las mayorías fijadas en el artículo DECIMO de este contrato social, disponer la venta o la constitución de derecho real sobre bienes registrables de propiedad de la sociedad, o constituirse en fiadora o garante de obligaciones conexas al giro social, estando prohibido comprometer la firma social en afianzar negocios u operaciones ajenas al objeto de la misma. En caso que algún socio gerente contraviniere este último punto soportara personalmente las consecuencias de tal evento, quedando liberada la sociedad de responsabilidad alguna. ARTICULO NOVENO. FACULTADES Y REMOCION. Conforme las funciones expresadas en el artículo anterior cada gerente ejercerá su cargo conforme las facultades dispuestas en dicha norma. En caso de divergencia o dudas cualquier gerente podrá someter la discusión a decisión de los socios quienes decidirán asignar la función al gerente que corresponda. La remoción, renuncia, remuneración y responsabilidad de los gerentes, se tratara conforme indica el Artículo Decimo del Contrato Social y conforme las mayorías allí requeridas- ARTICULO DECIMO CUARTO...

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