AVISO LEY 19.550 - GRIGNOLIN S.A.

Fecha de la disposición19 de Julio de 2017

“GRIGNOLIN S.A.” informa que en Asamblea General Extraordinaria celebrada el 12 de julio de 2017, se ha resuelto la designación de nuevas autoridades del Directorio por el término de tres ejercicios, resultando electo para el cargo de Director Titular y Presidente el Sr. José Manuel Tercero, DNI° 17.145.875; y para el cargo de Director Suplente, el Sr. Marcelo Gustavo Dupetit Vera, DNI N° 33.094.575, constituyendo ambos domicilio especial en Capitán de Fragata Moyano N° 257, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza. Asimismo se resolvió el aumento del capital de la sociedad y la consecuente reforma del Artículo Quinto de los estatutos, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo Quinto: El capital social se fija en la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000), representado por MIL (1000) acciones de Pesos CIEN ($100) de valor nominal cada una. Las acciones serán ordinarias nominativas no endosables con derecho a un voto por acción. Las acciones o certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones de los artículo 211 y 212 de la Ley 19.550 y serán firmadas por el Presidente.- Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. Conjuntamente en la referida Asamblea se resolvió la modificación del objeto social, quedando redactado el Artículo Cuarto de los estatutos sociales de la siguiente manera: “Artículo Cuarto: La Sociedad tiene por objeto, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros la realización de las siguientes actividades: A) INDUSTRIALES Y COMERCIALES: Elaboración de vinos finos de alta calidad con uvas propias o adquiridas a terceros y su posterior fraccionamiento y venta al por mayor o menor, en el mercado interno y en el internacional. En el proceso de elaboración quedan comprendidas todas las actividades y tareas inherentes que van desde la producción de la materia prima inicial, incluyendo cosecha, molienda, fermentación, trasegado, filtrado, conservación y guarda como así también el fraccionamiento con máquinas propias o de terceros, y su respectiva comercialización minorista y/o mayorista, a través de marcas propias o de terceros por lo que queda facultada la sociedad para adquirir y/o arrendar bodegas y/o espacios físicos de bodegas, así como para colocar barricas pertenecientes a la sociedad, en las que se llevarán a cabo procesos de añejamiento que sean autorizados por los organismos de contralor. A tal fin se deberá respetar la normativa establecida por el Instituto Nacional de...

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