Aviso Oficial Creacion Fitogenetica de Nombre Don Mario 8002

Fecha de disposición26 Julio 2007
Fecha de publicación26 Julio 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31204

AVISOS OFICIALES Nuevos SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Con referencia a la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares de la creación fitogenética de soja (Glycine max (L.)Merr.) denominada: DON MARIO 8002, se comunica a terceros interesados que en los avisos publicados en el Boletín Oficial de la República Argentina Nº 31.132, página 12, miércoles 11/04/2007 y en los diarios La Opinión de Pergamino - Locales página 11, miércoles 11/04/2007 - y La Prensa - Clasificados - página 36, miércoles 11/04/2007 DONDE DICE: 'Es un cultivar perteneciente al grupo de madurez VII y dentro de este grupo es de ciclo largo'. DEBE DECIR: 'Es un cultivar perteneciente al grupo de madurez VIII y dentro de este grupo es de ciclo corto'.

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los DIEZ (10) días de aparecido este aviso.

Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director del Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas (INASE).

e. 26/7 Nº 64.753 v. 26/7/2007 LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO Resolución Nº 59/2007

Bs. As., 11/7/2007

VISTO el Expediente Nº 375.521/07 y las Resoluciones Nº 184/94, 332/94, 13/06 y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 13 del 2 de Marzo de 2006 se aprobó el 'Manual de Pago de Premios en Loteria Nacional S.E.',- M00005 Versión 01.

Que por un error involuntario se ha omitido derogar las Resoluciones Nº 184/94 y 332/94 en el momento de la aprobación de la Resolución Nº 13/06.

Que han tomado intervención, según las funciones que les competen, ORGANIZACION Y METODOS, SECRETARIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 598/90.

Por ello:

EL DIRECTORIO DE LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Derógase las Resoluciones Nº 184 aprobada el 19 de agosto de 1994 y Nº 332 aprobada el 29 de diciembre de 1994.

ARTICULO 2º

Por la SECRETARIA GENERAL regístrese, protocolícese y publíquese en Orden del Día y en el Boletín Oficial. Por ORGANIZACION Y METODOS comuníquese a todas las áreas involucradas, a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y a la COMISION FISCALIZADORA. Cumplido, archívese. -- Dr. HERNAN A. DIEZ, Director, Lotería Nacional S.E. -- Dr. ANDRES CIMADEVILLA,

Vicepresidente, Lotería Nacional S.E. -- Cdor. ROBERTO ARMANDO LOPEZ, Presidente, Lotería Nacional S.E.

e. 26/7 Nº 552.603 v...

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