Avanza el marco legal para las empresas de triple impacto

Compañías que se proponen lograr, desde el propio corazón de sus negocios, beneficios sociales y ambientales a la par de sus objetivos económicos. Y que no dejan que esas metas sean sólo un deseo o una expresión de voluntad, sino que se autoimponen estrategias concretas que se deben ir desarrollando al mismo tiempo que avanza el proceso propio de la actividad elegida.

Esa es la definición de las empresas B, que en caso de aprobarse la ley que el presidente Mauricio Macri anunció el jueves pasado en Tecnópolis, serán formalmente llamadas sociedades BIC, una sigla que significa Beneficio e Interés Colectivo. La denominación B es la identidad global de este tipo de firmas, y proviene de las Benefit Coporations en Estados Unidos, el país donde esta manera de actuar en los negocios tomó una forma concreta, y uno de los dos (el otro es Italia) en los que existe un marco normativo.

¿Qué dirá la ley en caso de ser aprobada? El proyecto, en el que trabajó un grupo de profesionales llamado "Comunidad de Abogados B", tiene los siguientes puntos:

El objetivo de la regulación, buscada por las propias empresas, es que exista un respaldo legal a las decisiones ejecutivas que se tomen después de poner en la balanza no solamente el interés económico para los accionistas, sino también los efectos que se producen en la comunidad.

"Que exista una ley de reconocimiento jurídico a este tipo de sociedades es dar repuesta a un vacío legislativo que hay...

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