Avanza la ley para recuperar bienes de origen ilícito

¿Qué destino tendrán los 9 millones de dólares que intentó esconder en un monasterio José López, el ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo? Si la Justicia comprueba que se trata de dinero mal habido, el Estado lo recuperaría y lo distribuiría entre los programas sociales y de lucha contra el crimen organizado que están a su cargo. Así lo establece el proyecto de ley de extinción de dominio presentado por Graciela Camaño (Frente Renovador), que tuvo media sanción ayer en la Cámara de Diputados.

La iniciativa, que se giró al Senado, se aprobó con 135 votos a favor y 50 en contra, estos últimos de los bloques del Frente para la Victoria y de la izquierda. Argumentaron que la iniciativa será declarada inconstitucional porque el decomiso de los bienes se podrá aplicar sin condena firme de su propietario.

La extinción de dominio consiste en que el Estado pueda apropiarse y disponer de los bienes y activos obtenidos a través de la comisión de un delito, como corrupción, contrabando, lavado de dinero, narcotráfico, trata de personas, terrorismo, asociación ilícita, secuestro extorsivo, prostitución y pornografía infantil.

Esta herramienta se diferencia del decomiso -previsto en el Código Penal- por cuanto en este caso el castigo recae sobre el sujeto. La extinción de dominio, en cambio, es una acción legal de tipo civil, que va por un carril independiente al de la vía penal, pues se dirige hacia los bienes de origen ilícito, más allá de la responsabilidad criminal del individuo.

"En nuestro país, los corruptos y ladrones no sólo tienen que estar presos, sino que, además, sus posesiones mal habidas deben ser recuperadas en provecho de todos los argentinos", exaltó Daniel Lipovetzky (Pro-Cambiemos), presidente de la Comisión de Legislación General.

Frente a las críticas del kirchnerismo, Lipovetzky negó que el proyecto vulnere el derecho de propiedad, consagrado en...

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