Avanza en el Congreso una ley para regular el precio de los alquileres

La inexistencia de créditos hipotecarios realistas en los últimos años, como consecuencia de la elevada inflación, envió a casi 6,5 millones de argentinos a un mundo de incertidumbre: el de los alquileres. Ese mundo puede estar por cambiar.

Por unanimidad, el Senado otorgó ayer media sanción a un proyecto de ley que, entre otras medidas distintivas, pone un tope al precio de los alquileres. Se trata de una iniciativa de la senadora rionegrina del Frente para la Victoria (FPV) Silvina García Larraburu y que promete crear disputas entre los inquilinos, que apoyan la iniciativa, y los propietarios o dueños de la oferta de departamentos. En el medio quedarán las inmobiliarias.

El articulado propone una actualización anual de los contratos a través de un índice ponderado que elaborará el Indec en base a la evolución de los índices de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS), promediados en partes iguales. Pero la actualización operará sólo si existe una inflación superior al 10 por ciento. En caso contrario, no podrá indexarse y habrá que esperar a que se cumplan los años de contrato. "Esto viene terminar con los aumentos escalonados y la especulación del mercado inmobiliario", dijo García Larraburu a LA NACION.

Pero estos no son los únicos cambios que impulsa la ley, que todavía debe pasar por Diputados a sólo días del cierre del año parlamentario. El proyecto prevé además cambios en el Código Civil y Comercial, por ejemplo, para pasar de dos años obligatorios de contrato a tres. Además, "los impuestos que gravan la propiedad y las expensas extraordinarias estarán a exclusivo cargo del propietario", Traducido: el ABL debería pagarlo el dueño del departamento y no el inquilino.

Según el proyecto, el depósito en garantía no deberá superar un mes de alquiler y será devuelto obligatoriamente cuando se hace la entrega de la llave al término del contrato. "El monto a restituir será equivalente al del último mes abonado", afirma la letra chica. Por otro lado, la rescisión del contrato por parte del inquilino podrá realizarse en cualquier momento y no a partir de los seis meses como era hasta ahora. Para eso, el inquilino deberá pagar como multa el equivalente a un mes y medio de alquiler, si ejerce dicha opción durante el primer año, y un mes de alquiler, si ejerce la opción el segundo o tercer año.

Otro de los cambios propuestos tiene que ver con la renovación. Según la iniciativa, las partes deberán acordar 60 días...

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