Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 5 de Noviembre de 2019, expediente CIV 067368/2018/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A CIV 67368/2018/CA001 “AVAL FEDERAL SGR C/

AGROPECUARIA LAS GARZAS SA Y OTROS S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA” (PC)

Expte. n° 67368/2018 (J. 109)

Buenos Aires, de noviembre de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen estos autos a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por las coejecutadas a fs. 262 –fundado a fs.265/266, cuyo traslado fue contestado a fs. 271-, contra la resolución de fs. 251/252, en la que se desestimó la excepción de inhabilidad de título opuesta y se mandó a llevar adelante la ejecución.

  2. Es preciso recordar que el artículo 265 del CPCCN exige que la expresión de agravios –o memorial, según la naturaleza del recurso respectivo- contenga una crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas. De esa manera, el contenido de la impugnación se relaciona con la carga que le incumbe al apelante de motivar y fundar su queja como acto posterior a la concesión del recurso, señalando y demostrando, punto por punto, los errores en que se ha incurrido o las causas por las cuales el pronunciamiento se considera injusto o contrario a derecho (CNCiv, esta S., R. 600.138, del 15/5/12; íd., R. 3.061, del 18/11/87: R. 33.187, del 14/12/87; R. 37.004, del 2/5/88, entre muchos otros precedentes).

En efecto, “criticar” es muy distinto a “disentir”. La crítica debe significar un ataque directo y pertinente a la fundamentación, tratando de demostrar los errores fácticos o jurídicos que ésta pudiere contener. En cambio, disentir es Fecha de firma: 05/11/2019 Alta en sistema: 14/11/2019 Firmado por: JUECES DE CAMARA, #32626869#248150874#20191105171852407 meramente exponer que no se está de acuerdo con la sentencia (CNCiv, esta S., R. 607.717, del 24/10/12; íd., R. 607.483, del 5/9/12; íd., L. 3331, del 12/12/83).

En la especie, el escrito de fs.

265/266 no cumple con los recaudos...

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