AUTOS NRO. 10.094, CARATULADOS "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ COMISSO JOSE ANTONIO P/ MONITORIO (PAGARÉ DE CONSUMO)"

Fecha de la disposición10 de Marzo de 2023

Dra ANA JULIA PONTE, titular del TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA de Paz Letrado Primero, NOTIFICA al Señor COMISSO, JOSE ANTONIO, Documento 18.869.385, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 10.094, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ COMISSO JOSE ANTONIO P/ MONITORIO (PAGARÉ DE CONSUMO)": A fs. 49 el Juzgado resolvió: "Mendoza, 15 de Septiembre de 2022. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I. Aprobar la Información Sumaria rendida en autos.II. Declarar que JOSE ANTONIO COMISSO, DNI N°18.869.385 es persona de ignorado domicilio, debiéndose notificar por edictos en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES por TRES DÍAS con DOS DÍAS de intervalo, la presente resolución conjuntamente con la sentencia de fs. 7/8 (Art. 69 y Art. 72, Inc. IV del CPCCyT). Publicados que sean los edictos, dese vista a la Sra. Defensora Civil de Pobres y Ausentes en turno (Art. 75, último párrafo del CPCCYT). NOTIFIQUESE. OMITASE DE LISTA. Fdo. Dra ANA JULIA PONTE - Juez".- A fs. 7/8 el Juzgado dicto la siguiente sentencia: "Mendoza, 05 de febrero de 2021.- AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: I.- Tener al presentante por parte en el carácter invocado y por constituidos los domicilios procesal y electrónico denunciados.II.- Admitir la demanda monitoria interpuesta por MONTEMAR CIA FIN S.A y en consecuencia condenar al accionado COMISSO JOSE ANTONIO al pago del capital reclamado de PESOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 84/100 ($72.369,84), más IVA sobre intereses en caso de corresponder, y más la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 87/100 ($57.895,87) que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses LEGALES, sin perjuicio de su efectiva morigeración al momento de practicar liquidación, y costas del juicio.III.- Hágase saber al ejecutado que dentro de los CINCO DIAS HABILES a partir de la notificación de la presente, PODRA CUMPLIR VOLUNTARIAMENTE la sentencia, depositando el capital de condena más la suma presupuestada provisoriamente para intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que practicará el actor de autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá OPONERSE a esta sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición...

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