AUTOS N.º 6174/2021 CARATULADOS: “BNA C/ CABRERA, GUSTAVO FABIAN Y OTRO S/ EJECUCIONES VARIAS”

Fecha de la disposición28 de Octubre de 2022

De conformidad con lo ordenado en los autos N.º 6174/2021 caratulados: “BNA C/ CABRERA, GUSTAVO FABIAN Y OTRO S/ EJECUCIONES VARIAS”, el Sr. Juez ha ordenado NOTIFICAR a la Sr. CABRERA, GUSTAVO FABIAN D.N.I. 17.817.938, de ignorado domicilio la providencia que dispone: “Mendoza, 30 de julio de 2021 Téngase por cumplido el previo de autos. Agréguese y téngase presente las boletas de pago correspondientes a las gabelas de ley. El instrumento acompañado es de los comprendidos en el art. 523 del C.P.C.C.N., y se encuentran cumplidos los presupuestos procesales. En consecuencia, y de conformidad con lo que disponen los arts. 531, 542, 40 y 40 del Código cita do, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo contra el demandado CABRERA GUSTAVO FABIAN Y SANCHEZ ARGUELLO MARIA FERNANDA por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TRES CON 05/100 ($ 264.503,05) en concepto de capital, con más la de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO 52/100 ($ 132.251,52) que provisoriamente se presupuesta para responder a intereses y costas que deriven de las leyes y/o decretos reglamentarios aplicables al documento que se ejecuta y/o solicitado por el ejecutante, conforme liquidación practicada por Secretaria, la que deberá adjuntarse al mandamiento a librar. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de llevar la ejecución adelante y el emplazamiento para que la ejecutada constituya domicilio procesal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de darle por notificadas las sucesivas providencias automáticamente, en la forma y oportunidad que prevé el art. 133 del Código citado. En defecto de...

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