(*) - AUTOS N.º 10930/2020 CARATULADOS, BNA C/ STEFANICI, FRANCISCO ANDRES S/ EJECUCIONES VARIAS”

Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2022

De conformidad con lo ordenado en los autos Nº 10930/2020 caratulados: “BNA C/ STEFANICI, FRANCISCO ANDRES S/ EJECUCIONES VARIAS”, el Sr. Juez ha ordenado NOTIFICAR a la Sr. STEFANICI, FRANCISCO ANDRES D.N.I. 36.398.587, de ignorado domicilio la providencia que dispone: “Mendoza, 19 de agosto de 2020. Téngase por cumplido el previo de autos. Agréguese y téngase presente las boletas de pago correspondientes a las gabelas de ley. El instrumento acompañado es de los comprendidos en el art. 512 (anterior 523) del C.P.C.C.N., y se encuentran cumplidos los presupuestos procesales. En consecuencia, y de conformidad con lo que disponen los arts. 520, 531, 42 y 43 (anteriores 531, 542, 40 y 41) del Código cita do, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo contra el demandado STEFANICI FRANCISCO ANDRES por la suma de $ 90.365,82 en concepto de capital, con más la de $ 92.735,48 que provisoriamente se presupuesta para responder a intereses y costas que deriven de las leyes y/o decretos reglamentarios aplicables al documento que se ejecuta y/o solicitado por el ejecutante, conforme liquidación practicada por Secretaria, la que deberá adjuntarse al mandamiento a librar. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de llevar la ejecución adelante y el emplazamiento para que la ejecutada constituya domicilio procesal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de darle por notificadas las sucesivas providencias automáticamente, en la forma y oportunidad que prevé el art. 134 (anterior 133) del Código citado. En defecto de pago deberá trabarse embargo sobre bienes susceptibles de tal medida y se requerirá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR