Autos : Lichy Rodolfo C/epelbaum S/ Divorcio

Fecha de disposición28 Marzo 2007
Fecha de publicación28 Marzo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31125

13.03.2007 pasada al libro de Actas de Asamblea Nº 2 de Menendez SAICA.

Sofía Fernandez Quiroga Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

22/03/2007. Tomo: 91. Folio: 243.

e. 27/03/2007 Nº 5464 v. 29/03/2007 3. Edictos Judiciales 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS ANTERIORES TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

FALLA:

  1. CONDENAR a YANET SUAREZ OLIVA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES de PRISIÓN, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el tiempo de la condena; inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionaria o empleada aduanera, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderada o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por el doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionaria o empleada pública, por encontrarla autora responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes --cocaína-agravado por el presunto destino de comercialización en grado de tentativa, previsto y sancionado por los Arts. 866, párrafo, Ley 22415, en función del art. 863 y 871 con más las inhabilitaciones del art. 876 Id. inc. 'e' por el tiempo de la condena, 'f', y 'h' del Código Aduanero, y las costas del juicio.

  2. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 26 de enero de 2011; y diez días para el pago de las costas del juicio.

  3. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

  4. REMITIR a YANET SUAREZ OLIVA al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo, en una Unidad acorde a su edad cronológica (19 años), dejándose constancia que solicitó su traslado a la U. 13 --La Pampa--.

  5. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntándose C.I. Bol. Nº 7759418 y pasaporte boliviano Nº 3C364694, art. 171 ley 24660, dejándose fotocopia certificada en autos; y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones.-- René Vicente Casas.-- Carlos Rolando Massaccesi.-Hugo Marcelo Savio. Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 16/03/2007 Nº 540.139 v. 29/03/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,

FALLA:

  1. ).- CONDENANDO aAudonia FLORES CHOQUE, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTAde pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5º inc.

    'c' de la ley 23.737.

  2. ).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 05 de Agosto de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  3. ).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

  4. ).- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana Nº 7.114.693 a nombre de Audonia FLORES CHOQUE, conforme Art. 171 de la Ley 24.660.

  5. ).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Hugo Marcelo Savio, Presidente. -- René Vicente Casas, Vocal. -Carlos Rolando Massaccesi, Vocal.Ante mí: Efraín Ase, Secretario.

    e. 16/03/2007 Nº 540.136 v. 29/03/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,

    FALLA:

  6. ).- CONDENANDO a Maribel FERNÁNDES ENRRIQUES, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de Transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5º inc. 'c' de la ley 23.737.2º).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 30 de Agosto de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3º).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.4º).- REMITIR a Maribel FERNÁNDES ENRRIQUES al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5º).- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana Nº 6.533.702 a nombre de Maribel FERNÁNDES ENRRIQUES, conforme art.

    171 de la ley 24.660.6º).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- HUGO MARCELO SAVIO, (Presidente). -- RENE VICENTE CASAS,

    Vocal. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI,

    Vocal. Ante mí: MARIA ALEJANDRA CATALDI,

    Secretaria Habilitada.

    e. 23/03/2007 Nº 540.885 v. 10/04/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,

    FALLA:

  7. ).- CONDENANDO a Rosalía CHOQUE JANCO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5º inc.

    'c' de la ley 23.737.2º).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 10 de Septiembre de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3º).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.4º).- REMITIR a Rosalía CHOQUE JANCO al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5º).- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana Nº 3.272.722 perteneciente a la causante, conforme art. 171 de la ley 24.660.6º).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Hugo Marcelo Savio, Presidente. -- René Vicente Casas, Vocal. -Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. -- Ante mí:

    Efraían Ase, secretario.

    e. 20/03/2007 Nº 540.350 v. 03/04/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,

    FALLA:

  8. ).- CONDENANDO a PEDRO SAMUEL CASTILLO RAMOS, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena...

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