Autorizacion para viajar
Autor | Victoria Urtubi |
Páginas | 137-138 |
137
librería editorial Juris www.editorialjuris.com
1. AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR
Por Esc. Victoria Urtubi
Los abajo rmantes, esposos de primeras nupcias GERMAN PELAEZ
argentino, mayor de edad, nacido el 10 de noviembre de 1975, DNI
Nº 22.265.222, y VICTORIA GARCÍA , argentina, mayor de edad, nacida
el 06 de septiembre de 1976, DNI Nº 24.111.222, ambos domiciliados
en Bv. Perdices Nº 1225 de Rosario, Departamento Rosario, Provincia
de Santa Fe, República Argentina; a n de dar cumplimiento a las dis-
posiciones de la Dirección General de Migraciones y Aduanas y en el
ejercicio de la responsabilidad parental que ejercen, (artículos 638 y
645 inciso c) del Código Civil y Comercial) AUTORIZAN a su hijo me-
nor de edad FRANCO PELAEZ, argentino, nacido el 05 de diciembre
de 2009, soltero, hijo de o Germán Pelaez y de Victoria Garcia, Docu-
mento nacional de identidad número cuarenta y seis millones nove-
cientos cincuenta y dos mil doscientos ochenta (D.N.I. Nº 46.952.280),
nacimiento inscripto en el Registro Civil de Rosario, Departamento
Rosario, Santa Fe, al Tomo III, Acta 835, Folio 235, Año 2009, domici-
liado en Bv. Perdices Nº 1225 de Rosario, Departamento Rosarios, Pro-
vincia de Santa Fe, República Argentina; para que pueda ausentarse
del país; SOLO con destino a cualquier país de los cinco continentes;
inclusive a Estados Unidos de Norteamérica (E.E.U.U); realizando todas las
escalas necesarias. La presente autorización tendrá vigencia hasta la ma-
yoría de edad. Asimismo, lo autorizamos, a n de dar cumplim iento a l as
disposiciones del Ministerio de Transporte, y demás leyes que prevén
autorizaciones de viaje para menores de edad, y especialmente en
cumplimiento Resolución 43 – E/2016 Ministerio de Transporte Secre-
taría de Gestión de Transporte: transporte inter jurisdiccional de pasaje-
ros por automotor de carácter nacional del ámbito interurbano, a viajar
solo dentro del territorio nacional. A través de la presente, autorizan a
que su hijo reciba en caso de ser necesario (a criterio de los médicos
y/o paramédicos intervinientes y en los tiempos que lo considere apro-
piado) atención médica de todo tipo, incluyendo entre otros asistencia
médica de urgencia, análisis de diagnóstico, tratamientos de compleji-
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