La autonomía de la judicatura del trabajo como instrumento de efectiva tutela de los derechos laborales

AutorIván Campero Villalba
I A manera de introduccion

Es importante iniciar la reflexión sobre el papel que cumple la judicatura laboral, citando a la Sentencia del Tribunal Constitucional Español signada bajo el No. 3/1983, que refiere:

La disparidad normativa se asienta sobre una desigualdad originaria entre trabajador y empresario que tiene su fundamento no solo en la distinta condición económica de ambos sujetos, sino en su respectiva posición en la propia y especial relación jurídica que los vincula, que es de dependencia o subordinación de uno respecto del otro (..)El legislador, al regular las relaciones de trabajo, contempla necesariamente categorías y no individuos concretos y, contando la desigualdad socio-económica del trabajador respecto del empresario, pretende reducirla mediante el adecuado establecimiento de medidas igualatorias. De todo ello deriva el especifico carácter del derecho laboral, en virtud del cual, mediante la transformación de reglas indeterminadas que aparecen indudablemente ligadas a los principios de libertad e igualdad de las partes sobre las que se basa el derecho de contratos, se constituye como un ordenamiento compensador e igualador en orden a la corrección, al menos parcialmente, de las desigualdades fundamentales

El texto de la referida sentencia constitucional, enmarca el concepto del orden público del Derecho del trabajo, identificando la naturaleza jurídica y de ahí se desprende la importancia de ésta disciplina que por supuesto en su efectiva tutela se hecha mano del Derecho Procesal Laboral, es ésta última disciplina que nos ocupa en su contexto operativo de la efectiva tutela de los Derechos Laborales.

El surgimiento del derecho del trabajo, apoyado en una legislación especial proteccionista del trabajador, con la intencionalidad de compensar las desigualdades materiales con desigualdades jurídicas, condujo, a su vez, a la aparición de una nueva concepción del DERECHO PROCESAL LABORAL., que impone lana naturaleza de las nuevas normas materiales, ponía la necesidad de un nuevo modelo procesal, que también quebrara los principios que antes habían inspirado al proceso civil.

El curso que se presenta destinado a Jueces y Vocales de las Salas Sociales de las Cortes Superiores, se centra específicamente en el derecho del trabajo y, desde éste se efectuará un análisis pormenorizado de las modificaciones legales introducidas en la legislación laboral y de sus efectos y repercusiones, tanto en el ámbito práctico de las relaciones laborales, así como individuales y colectivas.

El curso prevé la participación de destacados docentes de las áreas de derecho del trabajo y de la seguridad social, con una sólida experiencia en actividades profesionales, de docencia e investigación.

II El derecho procesal del trabajo

El surgimiento del Derecho del Trabajo, apoyado en una legislación especial proteccionista del trabajador, con la intencionalidad de compensar las desigualdades materiales con desigualdades jurídicas, condujo, a su vez, a la aparición de una nueva concepción del Derecho Procesal, que impone la naturaleza de las nuevas normas materiales, estableciendo la necesidad de un nuevo modelo procesal, que también quebrara los principios que antes habían inspirado al proceso civil, escenario jurídico sustantivo que impone la necesidad de un DERECHO PROCESAL LABORAL.

Es así como, de manera magistral, COUTURE expresó el nuevo enfoque procesal:

“El derecho procesal de tipo individualista es INSUFICIENTE E INJUSTO para los conflictos derivados de la relación de trabajo. UN NUEVO DERECHO PROCESAL, extraño a todos los principios tradicionales, sin exceptuar uno sólo de ellos, ha debido surgir, para establecer, mediante una nueva desigualdad, la igualdad perdida por la distinta condición que tienen en el orden económico de la vida los que ponen su trabajo como sustancia del contrato y los que se sirven de él para la satisfacción de sus...

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