Auto N° 58 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Noviembre de 2021
EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 244
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
deberá vericar y evaluar (…) la variación registrada en el coeciente de
variación de costos (...) y proponer dentro del mismo plazo al Ente de Con-
trol su propuesta de modicación tarifaria” conforme el numeral 9.2.7.2.-
Que además, se establece que “Las decisiones de la Mesa se adoptarán
por simple mayoría de votos correspondiéndole a cada integrante un voto….”,
debiendo elevar su propuesta al Ente de Control, el que dispondrá de cinco (5)
días hábiles para efectuar la convocatoria a Audiencia Pública (9.2.7.2).-
Que de este modo la citada disposición determina la función de la
Mesa Tarifaria y el quórum necesario a los nes de adoptar sus decisiones.
De una detenida lectura de las actas se desprende que la propuesta de
modicación de los valores tarifarios ha sido elaborada tomando en consi-
deración todos los argumentos aportados por cada uno de los miembros
intervinientes y aprobada por la unanimidad de sus integrantes, habilitados
a ese n con lo que se da cumplimiento de las previsiones contractuales en
cuanto a objetivos y quórum establecidos.
Que se agrega igualmente a las actuaciones de referencia el informe
Técnico N° 115/2021 de fecha 18 de Noviembre de 2021 elaborado por el
Área de Costos y Tarifas a solicitud de la Mesa.-
Que en relación a lo anterior, se ha vericado en autos el cumplimiento
de los recaudos legales mencionados, toda vez que lucen agregadas las
siguientes actuaciones: 1) Acta de reunión de la Mesa con registro de te-
mas tratados y asistencia de sus miembros, 2) Documentación e informes
tenidos en cuenta en el proceso de evaluación y análisis; y 3) Acta Nº 2 de
fecha 18 de Noviembre de 2021, por la que se deja asentada la propuesta
de modicación tarifaria, con mención de fundamentos y número de votos
obtenidos para su arribo, la que se integra por el ítem: “(…)4.- Propuesta
de Modicación Tarifaria:
4.1. Incremento de Costos en el período Febrero 2021/Julio 2021 (numeral
9.2.3.2 y 9.2.3.3 del Contrato de Concesión):
Se aprueba propuesta de modicación tarifaria, por unanimidad de sus
miembros en base a los antecedentes citados, documentación incorporada
y en particular el análisis y conclusiones arribadas en el Informe Técnico Nº
115/2021, expresando en porcentuales lo siguiente:
• Variación de los costos del Concesionario generada en cambios de pre-
cios en el período Febrero 2021/Julio 2021 del 20,09%.-
• Implementación a partir de los consumos registrados a partir de Enero
de 2022.- (…)”.-
Que por su parte, el artículo 20 de la Ley Nº 8835 – Carta del Ciu-
dadano, según modicación introducida por la Ley Nº 9318, dispone que
la autoridad regulatoria deberá convocar a Audiencia Pública “… cuando
el informe o tratamiento se relacione con la modicación de los cuadros
tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación”.-
Que el procedimiento de la Audiencia Pública se encuentra regla-
mentado por Resolución General ERSeP Nº 60/2019 estableciendo que
la convocatoria deberá contener los siguientes puntos: a) lugar, fecha y
hora de celebración de las audiencias; b) la relación sucinta de su obje-
to; c) el plazo para la presentación de la solicitud de participación de los
interesados, pretensiones y prueba; d) la indicación precisa del lugar/es
donde puede recabarse mayor información y obtenerse copia y vista de
las presentaciones y demás documentación pertinente, como así indicar la
Resolución donde consta el procedimiento de audiencias y e) Deberá co-
municar que tanto la inscripción como la consulta de información relevante
a la Audiencia Pública podrá efectuarse a través de la página ocial del
Ente Regulador de los Servicios Públicos.-
Que habiendo sido recibida la propuesta por parte de la Mesa de Estu-
dios de Valores Tarifarios y Precios y dentro del plazo establecido, corres-
ponde emitir acto administrativo disponiendo la convocatoria a Audiencia
Pública a los nes de su oportuno tratamiento.-
Voto del vocal Dr. Facundo C. Cortés
Atento a que en las presentes actuaciones (Expte. 0521-062583/2021)
en ocasión de disponerse mediante resolución 1553/21 la conformación
de la mesa tarifaria, ya je criterio en sentido negativo al pedido de ac-
tualización de la tarifa solicitada por la Empresa Aguas Cordobesas, en
esta oportunidad ratico aquel razonamiento, pues considero que la con-
diciones que así justicaron no se han modicado. Por lo tanto voto por la
negativa.
Así voto
Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los
arts. 21 y siguientes de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano, y lo dic-
taminado por el Sección de Asuntos Legales de la Gerencia de Agua y
Saneamiento bajo el N° 137/2021, el Honorable Directorio del ENTE RE-
GULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP) Por mayoría (voto
del Presidente Mario A. Blanco y de los Vocales Jose Luis Scarlatto, Luis A.
Sanchez, Walter Scavino y Daniel A. Juez).
RESUELVE:
Artículo 1º: CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día 13 de Di-
ciembre de 2021, a los nes del tratamiento de la propuesta de revisión
tarifaria elaborada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios
de fecha 18 de Noviembre de 2021 en el marco de las disposiciones conte-
nidas en los numerales 9.2.3 y 9.2.7.2 del Contrato de Concesión del Ser-
vicio Público de Suministro de Agua Potable para la Ciudad de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese y dese copias.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSE LUIS SCARLATTO, VICEPRE-
SIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER OSCAR SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Auto N° 58.
LABOULAYE, 17 de noviembre de 2021.
Y VISTOS: Estos autos caratulados: “SINDICOS CONCURSALES (ART.
253 LCQ) PERIODO 2021” (Expte.N° 10485428) en los que se reúnen los
Señores Vocales de la Excma. Cámara en lo Criminal, Correccional, Civil
y Comercial, de Familia y del Trabajo, Dra. Marcela Alejandra ABRILE y Dr.
Jorge David TORRES, de la Octava Circunscripción Judicial con asiento en
esta ciudad, bajo la Presidencia de la primera de los nombrados y a los
nes dispuestos por el artículo 253, inc. 3° de la LCQ y lo establecido por el
Excmo. Tribunal Superior de Justicia en los Acuerdos Acuerdos Reglamen-

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