Auto N° 524 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor24 de Noviembre de 2021
EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 242
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Juzgado) (A.R. nº 1270, Serie “A” T.S.J.); alcanzando un total de 30 síndicos
titulares y 21 síndicos suplentes.
5°) Establecer que a los nes de Orden de Mérito que hace alusión
el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sanciones
rmes impuestas a los síndicos, por actos que se hubieren cometidos a
partir de la entrada en vigencia del Acuerdo Reglamentario Nro. 958, Serie
A, del 9/12/08; por otro lado, sólo se tendrán en cuenta los antecedentes
académicos de los últimos ocho (8) años contados desde el plazo de la
inscripción.
6°) Fijar como fecha de sorteo de postulantes a integrar las listas el
22/02/2022 o día hábil siguiente.
7°) Publicar la presente convocatoria, mediante edictos por el término
de cinco días, en el Boletín Ocial de la Provincia; incorpórese en la página
WEB del Poder Judicial y remítanse gacetillas de prensa a los medios de
comunicación locales. Comuníquese el presente al Excmo. Tribunal Supe-
rior de Justicia requiriendo se sirva autorizar la contratación de la citada
publicidad.
8°) Comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Area de
Documentación e Información Pública del Area de Servicios Judiciales, a la
Ocina de Concursos y Junta de Calicaciones del Area de Recursos Hu-
manos, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y de
San Francisco, y a los Juzgados con competencia concursal de la Quinta
Circunscripción.
Protocolícese y hágase saber.-
FDO: PERRACHIONE MARIO CLAUDIO – VOCAL DE CAMARA; GRIBOFF ANALÍA-
VOCAL DE CAMARA; VANZETT, HORACIO ENRIQUE – VOCAL DE CAMRA.
Auto N° 524
San Francisco, 10 de noviembre de 2021.
Y VISTOS: Estos autos caratulados: “SINDICOS CONCURSALES (ART.
253 LCQ) – PERIODO 2021” (Expediente 10365296, Secretaría única), de
los que resulta que con fecha cuatro del corriente mes y año se ha dictado
el Auto N° 510, mediante el cual se resolvió convocar a inscripción a los
postulantes para integrar las listas de Síndicos. Se advierte que en dicha
oportunidad se deslizó un error material involuntario al jar la fecha límite
para la presentación de las solicitudes por ante el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas. Asimismo resulta necesario aclarar aquellas cues-
tiones que hacen a la conformación de una lista única de síndicos y a la
modalidad de inscripción electrónica vía web.
Y CONSIDERANDO:
I.- Que conforme lo dispone el art. 338 del C.P.C.C., el Tribunal puede
interpretar su propia resolución en cualquier tiempo, a mérito de la ejecu-
ción de la misma o de juicio contradictorio sobre su inteligencia.
a) Que en el punto III) de los considerandos del Auto N° 510 del
04/11/2021, se deslizó un error material involuntario al establecer la fecha
límite para la recepción de las solicitudes, consignándose erróneamente
“diecisiete (29) de diciembre”.
Qué asimismo, dicho error material involuntario se trasladó al punto 3°)
de la parte resolutiva del auto objeto de interpretación, correspondiendo
en denitiva aclarar dicho apartado, donde se consignó equivocadamente:
“diecisiete (29) de diciembre”, debe decir “veintinueve (29) de diciembre…”.
b) Que en consideración a las necesidades de los juzgados con com-
petencia en materia concursal de la quinta circunscripción y lo reglado por
el inc. 2° del 253 LCQ, corresponde conformar una única lista integrada por
el total de TREINTA (30) síndicos individuales titulares y VEINTIÚN (21)
síndicos individuales suplentes.
c) Que conforme los medios digitales disponibles se torna necesario acla-
rar que a los nes la inscripción, los interesados deberán ingresar a la página
web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (cpcecba.
org.ar/autogestión), ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud
de inscripción según corresponda, y anexar los antecedentes en formato PDF
según las instrucciones del sistema informático creado a tal n. El postulante
deberá efectuar una declaración jurada según la cual los datos consignados
y la documentación que acompaña en PDF son totalmente exactos y veraces
sometiéndose a su vericación y comprometiéndose a acompañar los docu-
mentos originales a los nes de su compulsa, en caso de ser requerido por el
CPCE. Asimismo, el postulante asume toda la responsabilidad civil y penal a
que pudieran dar lugar las transgresiones al régimen legal del concurso (art.
1716 CCCN y art. 292 y ss. C.P.). Por lo que se deja sin efecto la exigencia de
acompañar de acompañar la documentación en soporte físico en el plazo de
72 hs. de emitida la constancia de inscripción.-
d) Dejar establecido que para el caso en que los interesados inscriptos
no cubrieren las listas suplentes necesarias según el apartado b), se du-
plicarán las listas de titulares como listas suplentes a los nes del sorteo
como tales; sin perjuicio de dejar sentado que los sorteos serán indepen-
dientes, manteniendo el rango en tanto resulten sorteados en una u otra
condición de manera independiente entre listas de titulares y suplentes.
e) Por último, conformada la lista única de síndicos concursales se torna
innecesario el sorteo de los postulantes para cada Juzgado, por lo que corres-
ponde dejar sin efecto la audiencia establecida en el punto 6°) del Auto N° 510.-
Por todo ello,
SE RESUELVE:
1°) Disponer que en el punto III) de la tercera cuestión y en el apartado
3° de la parte resolutiva, del Auto N° 510 de fecha 04-11-2021, donde dice:
“diecisiete (29) de diciembre”, debe decir “veintinueve (29) de diciembre…”.
2°) Ordenar la confección de una única lista integrada por el total de
TREINTA (30) síndicos individuales titulares y VEINTIÚN (21) síndicos in-
dividuales suplentes.
3°) Disponer que los interesados deberán ingresar a la página web del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (cpcecba.org.ar/
autogestión), ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud de
inscripción según corresponda, y anexar los antecedentes en formato PDF
según las instrucciones del sistema informático creado a tal n y conforme
lo detallado en el apart. c) de los considerandos

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