AUMENTO DE CAPITAL. DERECHO DE PREFERENCIA Y DE ACRECER

Número de registro413158
Fecha15 Enero 2020
EmisorSERVICIOS PORTUARIOS SANTA FE S.A.

Arts. 194 ss. y cc., Ley 19.550 y Art. 6°, Estatuto Social. Servicios Portuarios Santa Fe S.A. Sede Social: Galpón 3, Dique 1, Puerto de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Inscripción del Contrato Social en el Registro Público en fecha 07 de junio de 1995, bajo el Número 740, al Folio 371, del Libro 7 de Estatutos de Sociedades Anónimas, Legajo 2007; y de la modificación del Contrato Social y su ratificación, en fecha 03 de agosto de 1998, bajo el Número 008, al Folio 005, del Libro 9 de Estatutos de Sociedades Anónimas, Legajo 2007.

Por Asamblea General Extraordinaria de fecha 18 de diciembre de 2019 se resolvió aumentar el Capital Social de $42.000 en la suma de pesos tres millones ($3.360.000), mediante la emisión de tres millones trescientas sesenta mil (3.360.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables de valor un peso ($1) y con derecho a cinco (5) votos por acción, delegando en el Directorio la época, formas y condiciones de emisión de las acciones representativas del aumento de capital aprobado y la publicación de edictos para el ejercicio del derecho de preferencia por los accionistas dentro del plazo de sesenta (60) días siguientes a su última publicación, de un todo de acuerdo con el artículo Sexto del Estatuto Social y con el artículo 194 de la Ley de Sociedades, con expresa aclaración de que la falta de ejercicio expreso del derecho de preferencia importará su renuncia tácita. En virtud de dicha delegación, el Directorio notifica:

a) Dar por iniciado el ofrecimiento de suscripción preferente del aumento de capital indicado, por lo que los Accionistas que no hubieran renunciado expresamente a dicho derecho en la asamblea de fecha 18/12/2019 que deseen hacer uso del derecho de preferencia y de acrecer, deberán comunicarlo en forma fehaciente al Directorio en la sede social sita en Galpón 3, Dique 1, Puerto de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, dentro del plazo de sesenta (60) días subsiguientes al de la última publicación de edictos, de acuerdo con el artículo sexto del Estatuto Social y con el artículo 194, Ley 19.550, con expresa aclaración de que la falta de ejercicio expreso del derecho de preferencia importará su renuncia tácita;

b) Que dentro del mismo plazo deberán suscribir las acciones que por derecho le correspondan siendo el precio de suscripción por acción de $ 1, es decir, sin prima de emisión;

c) Que dentro del plazo de 10 días de vencido aquél, los accionistas podrán hacer uso del derecho...

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