Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 23 de Marzo de 2010, expediente 59926

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2010

SAL.A 118°

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INCIDENTE DE NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE DISPONE LA ELEVACIÓN A

JUICIO CON RELACIÓN A LOS HECHOS ATRIBUIDOS A GERMÁN ALFREDO

LEVERATTO EN LA CAUSA N° 7, CARATULADA: "DISCO S.A. SOBRE INFRACCIÓN

LEY 24.769 -DESPRENDIMIENTO DE LA CAUSA N° 1.831/00, CARATULADA 'VIAZZO,

R.G. Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769'-". J.N.P.E. N° 3.

SECRETARÍA CONTRATADA. EXPEDIENTE N° 59.926. ORDEN N° 22.983. SALA "B".

Buenos Aires, Z?J de marzo de 2010.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 56 de este incidente por la defensa de G.A.L. TTO contra la resolución de fs. 49/53

vta. de este legajo, por la cual el juzgado de la instancia anterior rechazó el planteo de nulidad efectuado por aquella parte por el escrito cuya copia obra a ...J

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- fs. 1/2 del presente.

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u. Las presentaciones de fs. 72/72 vta. y 73/76 vta. de este incidente,

o por las cuales la defensa de G.A.L. TTO y la o en representación de la querella (A.F.I.P.-D.G.I.), respectivamente, informaron :J

por escrito en la oportunidad prevista por el arto 454 del C.P.P.N.

y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el escrito cuya copia obra a fs. 1/2 de este incidente,

    la defensa de G.A.L.T. planteó la nulidad del auto de elevación de la causa a juicio respecto del nombrado, por haberse dictado aquella resolución sin haberse resuelto previamente un planteo de nulidad y una excepción de falta de acción que habían sido articulados por aquella parte y que tramitaban por vía incidental.

  2. ) Que, por el recurso de apelación de fs. 56, la defensa de G.A. se agravió de la resolución de fs. 49/53 vta. de este incidente, por la cual el juzgado Ha quo" rechazó el planteo de nulidad de fs. 1/2, por los siguientes motivos: H ••• a) la atribución al magistrado de prejuzgamiento -que no es juzgamiento- en el auto de elevación a juicio; b) el exceso de jurisdicción incurrido por el mismo en la resolución de las cuestiones previas (nulidad de los dictámenes requirentes y excepción de falta de acción), luego de clausurada la instrucción y elevada la causa a juicio,

    condicionada por su previo juicio de elev(Jr la causa a juicio; c) el temor de parcialidad en mi defendido que tales actuaciones contra legem le provocan;

    d) la ausencia de motivación seria suficiente para resolver el planteo de nulidad rechazado en forma aparente y contraria al orden de resolución regular de los actos procesales legislados ... " (confr. fs. 56; la trascripción es copia textual del original).

  3. ) Que, según ha expresado este Tribunal en numerosas oportunidades, el postulado rector en lo que hace al sistema de las nulidades es el de la conservación de los actos. La interpretación de la...

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