Atribución de competencia penal. Fecha de inicio de las actuaciones

Competencia Justicia de Instrucción/Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA. C 28.896/2008" - CNCRIM Y CORREC - 05/12/2008

La cuestión suscitada en autos versa sobre la fecha que determina la fijación de la competencia, en consideración a que el 9 de junio ppdo. entró en vigor la respectiva ley atributiva. Para el juez de instrucción, el planteo debe dirimirse por la data de radicación de la denuncia (1° de julio ppdo.), mientras que para el juez contravencional corresponde que sea resuelto atendiendo a la oportunidad en que ocurrió el presunto hecho ilícito (6 de junio ppdo.).

La ley 26.357, art. 2° cláusula primera in fine sólo brinda respuesta para las causas que -por determinadas materias, entre las que se cuenta el abandono de persona-, estuvieran pendientes ante los juzgados nacionales a la entrada en vigencia de dicha ley; al respecto, se dispuso el mantenimiento de la intervención judicial en curso hasta su fenecimiento.

Evidentemente, en ello se tuvieron en cuenta motivos de estabilidad y eficacia que hacían inconveniente el cambio de...

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