Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 3 de Mayo de 2016, expediente CNT 004541/1998/CA001 - CA002 - ...

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2016
EmisorSALA X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SENT.INT. Nº: EXPTE. Nº: 4.541/1998/CA1-CA2 (8.787)

JUZGADO Nº: 32 SALA X AUTOS: “ATIENZA SCORIANS HECTOR GUSTAVO C/ Y.P.F.

YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES S.A. Y OTRO S/ OTROS RECLAMOS – PART. ACCIONARIADO OBRERO”

Buenos Aires, 03 de Mayo de 2016 VISTOS:

Los recursos de apelación deducidos a fs. 802 y a fs. 807.

Y CONSIDERANDO:

Que en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes, los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora por las tareas de ejecución resultan elevados por lo que cabe reducirlos a $ 3.000 a valores actuales (cfr. arts. 6, 7, 9, 19, 22 y concs. ley 21839).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Reducir los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora por las tareas de ejecución a $ 3.000 (pesos tres mil), a valores actuales; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI.

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