Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 23 de Abril de 2015, expediente CAF 038573/2013/CA001

Fecha de Resolución23 de Abril de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAUSA N° 38.573/2013/CA1: “ASTIGUETA, E.M. c/ EN- Mº

Defensa s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”

JMM En Buenos Aires, a 23 de abril de 2015, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer de los recursos interpuestos en los autos caratulados “ASTIGUETA, E.M. c/ EN- Mº

Defensa s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, contra la sentencia de fs. 42/43vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:

  1. ) Que la señora jueza de la instancia anterior hizo lugar a la OFICIAL USO demanda, reconoció el carácter general de los suplementos creados por los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 y condenó al Estado Nacional a liquidar las sumas adeudadas al actor conforme a las pautas establecidas por la CSJN en los autos “Z.” (Fallos: 335:430) y a abonarlas teniendo en cuenta los cinco (5) años anteriores a la fecha de promoción de la presente demanda.

    Impuso las costas al demandado vencido.

  2. ) Que contra ese pronunciamiento, tanto el actor como el demandado interpusieron recursos de apelación (v. fs. 44 y 49/49vta.), que fueron concedidos libremente a fs. 50.

    Puestos los autos en la Oficina, el demandante expresó sus agravios a fs. 55/57, que no fueron contestados por su contrario (v. fs. 69).

    A su vez, el Estado Nacional presentó su memorial a fs.

    59/64vta. que fue replicado a fs. 66/68.

  3. ) Que en cuanto a los agravios del demandado, corresponde señalar que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala el 22 de abril de 2010, en la causa caratulada “Z.O.A. c/ EN – Mº Defensa – Dto. 871/07 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, en la que se declaró el derecho del actor a la inclusión de las sumas correspondientes a los incrementos salariales otorgados por los arts. 5°

    Fecha de firma: 23/04/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAUSA N° 38.573/2013/CA1: “ASTIGUETA, E.M. c/ EN- Mº

    Defensa s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”

    los decretos 1104/05, 1095/06 y 871/07 -como remunerativos y bonificables- al concepto sueldo determinado en el art. 55 de la ley 19.101 y al pago de las retroactividades devengadas desde su entrada en vigencia, hasta su efectivo pago, con intereses.

    De ese modo, resultan de aplicación los fundamentos allí

    vertidos, a los que cabe remitirse por razones de brevedad y a fin de evitar innecesarias reiteraciones.

    Se hace saber a los letrados que el texto de la sentencia citada se encuentra a su disposición en la Mesa de Entradas del tribunal, y que puede ser consultado en la página de internet www.pjn.gov.ar.

    En punto a la generalidad de los suplementos otorgados por las citadas normas, la CSJN en el precedente “S.” destacó que “(…) no resulta dudosa la naturaleza general de los “adicionales transitorios” creados por los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 –en sus respectivos OFICIAL artículos 5°-, toda vez que aquéllos han tenido por objeto garantizar, como USO mínimo, los porcentajes dispuestos en cada uno de ellos para todo el personal militar en...

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