Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 9 de Junio de 2021, expediente CAF 011359/2011/CA002

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

Expte. Nº 11359/2011 “A.J.C. Y

OTROS C/ E.N. - M° DE

SEGURIDAD - PNA- DTO

1246/05 - 752/09 S/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad”

Buenos Aires, de junio de 2021.-

VISTO:

El recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la parte actora a fojas 255/257; contra la resolución de fojas 254;

y CONSIDERANDO:

  1. Que por medio del pronunciamiento del 13 de agosto de 2020, el juez de primera instancia no hizo lugar al pedido de intimar al pago, bajo apercibimiento de ejecución forzosa, del importe adeudado por la demandada en concepto de intereses, equivalente a $

    45.524,40, según la liquidación aprobada el 23 de octubre de 2019 (v. fs.

    248).

    Para así decidir, indicó que el importe referido no debía ser exceptuado del procedimiento previsto en el artículo 22 de la Ley Nº

    23.982 y sus normas complementarias.

  2. Que, contra ese pronunciamiento, la actora dedujo recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su escrito, se agravia de que el juez de grado haya diferido el pago de su crédito, en los términos de la Ley Nº 23.982; pues entiende que no se trata de una nueva deuda sino que es accesoria al capital oportunamente ejecutado.

    Cita diversos precedentes de esta Cámara en apoyo a su postura III.- Que, en primer lugar, cabe señalar que sin perjuicio de lo sostenido en causas análogas a la presente (cfr. “B.J.H. y otros c/ EN-M§ Defensa-Armada-Dto 1104/05 751/09

    s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, Nº 32107/2009, del 28 de septiembre de 2017; entre muchos otros), es necesario un nuevo examen Fecha de firma: 09/06/2021

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: TOMAS BRANDAN, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    de la cuestión en virtud de lo resuelto por las restantes S. de este fuero (cfr. S.I. in re “R.J.P. y otros c/ EN Mº Defensa-

    armada- dto 1081/73 751/09 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, nro. 48731/11, del 24 de abril de 2018; S.I. en autos “Codi SA y otro c/ EN –DNV – RESOL 777/01 (Expte 14912/10) s/ proceso de conocimiento” nro. 17682/11, del 8 de febrero de 2018; S.I.II en la causa “A.D. c/ EN – M Justicia- SSI- GN s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, del 12 de julio de 2018).

    En tal sentido, es menester destacar que de conformidad con lo establecido en los artículo 22 de...

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