Asociaciones Sindicales .

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 2 de Agosto de 2018

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, APROBADO POR RESOL-2018-269-APN-MT.

ARTÍCULO 1°

Denominase "Sindicato Único del Personal Aduanero de la República Argentina" al Sindicato Gremial de Trabajadores con carácter permanente fundado en la Ciudad de Buenos Aires, el 3 de junio de 1958 y que representa a todo agente perteneciente a la Dirección General de Aduanas y a la Administración Federal de Ingresos Públicos, cualquiera sea su función o categoría escalafonaria permanente o temporario o contratado bajo cualquier modalidad para efectuar tareas concernientes a la actividad del organismo, Activo o jubilado, con excepción de los que cumplen funciones en la Dirección General Impositiva o que pertenezcan a ella.

También representa a todo trabajador dependiente que en forma habitual realice tareas específicamente aduaneras para empleadores privados y que están previstas como tales en el Código Aduanero como las de verificación, clasificación, valoración y/o cualquier otro tipo de control aduanero, custodias y registros y/o administrativas en depósitos fiscales, con exclusión de los Despachantes de Aduanas, sus apoderados o pendientes.

ARTÍCULO 2°

Tiene como zona de actuación todo el territorio de la República Argentina, con domicilio legal en la calle Tacuarí 560, de la Capital Federal.

ARTÍCULO 3°

El Sindicato tiene por objeto actuar en todo lo concerniente a intereses gremiales, laborales y sociales de los trabajadores del Sector, conforme a estos estatutos y al ordenamiento legal vigente como así también realizar todas las actividad lícitas en defensa del interés del trabajador. En especial ejercer el derecho a negociar colectivamente, el de participar, el de huelga y el de adoptar demás medidas legítimas de acción Sindical, pudiendo para el cumplimiento de sus fines:

  1. Peticionar en defensa de los intereses gremiales colectivos.

  2. Defender y representar los intereses gremiales, laborales, individuales y colectivos de sus afiliados ante la justicia, autoridad de aplicación y otros organismos del Estado.

  3. Defender y representar ante el Estado y sus autoridades intereses respectivos al sector.

  4. Promover la formación y participar en entidades y/u organismos sin fines de lucro, de crédito de vivienda, de previsión, de prestación de servicios...

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