Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 12 de Septiembre de 2016, expediente COM 004268/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación ASOCIACION MUTUAL VALENTIN CORIA c/ VASSALLO, J.A. Y OTRO s/EJECUTIVO Expediente N° 4268/2016/CA1 Juzgado N° 15 Secretaría N° 30 Buenos Aires, 12 de septiembre de 2016.

Y VISTOS:

I.V. apelada subsidiariamente la resolución de fs. 12 –

mantenida a fs. 16-, por medio de la cual el Sr. juez de primera instancia se declaró incompetente para conocer en las presentes actuaciones.

  1. El recurso fue interpuesto a fs. 13/15, y se encuentra fundado con ese mismo escrito (art. 248 código procesal).

    A fs. 23/31 dictaminó la Sra. fiscal general.

  2. Las circunstancias fácticas que exhiben estas actuaciones concuerdan o se subsumen en las hipótesis previstas en el fallo plenario de esta USO OFICIAL Cámara, dictado el 29/06/11, sobre competencia del fuero comercial en los supuestos de ejecución de títulos cambiarios en que se encuentren involucrados derechos de consumidores.

    Según la doctrina que allí se estableció, y que esta Sala comparte, "en las ejecuciones de títulos cambiarios dirigidas contra deudores residentes fuera de la jurisdicción del tribunal: 1) Cabe inferir de la sola calidad de las partes que subyace una relación de consumo, prescindiendo de la naturaleza cambiaria del título en ejecución; 2) Corresponde declarar de oficio la incompetencia territorial del tribunal con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36 de la ley de defensa del consumidor".

    En el caso, la asociación mutual actora no desconoció que la relación habida entre ella y el endosante –persona humana- de los documentos que se pretenden ejecutar se encuentre alcanzada, como lo afirmó el primer Fecha de firma: 12/09/2016 sentenciante, por las disposiciones que dan tutela a los derechos de los Firmado por: MACHIN-VILLANUEVA - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), consumidores.

    Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAFAELASOCIACION MUTUAL VALENTIN CORIA c/ VASSALLO, J.A. Y OTRO s/EJECUTIVO Expediente N° 4268/2016 F. BRUNO, SECRETARIO DE CÁMARA #28134537#150765786#20160909113909898 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación En ese contexto, forzoso es concluir que la pretensión que se pretende articular contra el Sr. V., no puede sino ser canalizada ante la jurisdicción correspondiente al domicilio real de éste.

    No se ignora que además del nombrado, la actora...

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