Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 12 de Octubre de 2017, expediente CIV 010657/2017/CA001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expediente n° 10657/2017 – “Asociaciones Inquietudes Ciudadanas c/Telefónica Móviles Arg. S.A. (MoviStar Argentina) s/Diligencias Preliminares” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 70 Buenos Aires, Octubre 12 de 2017.-

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso de apelación interpuesto a fs. 50 por la actora contra la resolución de fs. 47, concedido a fs. 52. Presenta memorial a fs. 53/54 que no fue sustanciado en virtud de no haberse trabado aún la litis.-

En el decisorio de fs. 47, la Sra. Magistrada de la Primera Instancia se declara incompetente para conocer en el presente proceso.-

A fs. 62/64 dictamina el Sr. Fiscal de Cámara en el sentido de que se confirme la resolución apelada.-

El apelante se agravia por la incompetencia declarada con fundamento en que el presente es una diligencia preliminar que consiste en un pedido de informes cuya pretensión se agota con la obtención de los mismos. Por ello entiende que corresponde declarar que este fuero civil es competente, toda vez que la empresa demandada tiene domicilio en esta jurisdicción y en donde debe encontrarse, según dice, en la casa central la base de datos.-

Para resolver cuestiones de competencia, debe estarse, en primer lugar a los hechos y al derecho alegados en la demanda, siempre, claro está que la relación o apreciación de los mismos no sea arbitraria o se encuentre en pugna con los elementos objetivos obrantes en autos (CSJN, Fallos: 279-95; 217-22; 281-97, Colombo, “Código Procesal…”, 1969, I, pág. 26, N° 5).-

En la especie, la Asociación Inquietudes Ciudadanas – que conforme surge de autos tiene por objeto social el cuidado y preservación del medio ambiente, con domicilio en Eduardo Costa 1056, piso 1 dto 2, de la localidad de Acassuso, Partido de San Isidro, inicia la presente a fin de obtener un pronunciamiento judicial que Fecha de firma: 12/10/2017 Alta en sistema: 13/10/2017 Firmado por: B.A.V., Z.W., JUEZ #29494643#190840843#20171012122551451 condene a la accionada Telefónica Móviles Argentina S.A., con domicilio en Av. Independencia 169 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a brindar la información ambiental que según expresa a fs. 27 le fue requerida extrajudicialmente y que no brindó, conforme detalle que formula a fs. 27/27 vta. Así, la accionante pide que la empresa demandada informe acerca del número total de antenas de telefonía...

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