Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 30 de Junio de 2022, expediente CAF 001774/2015/CA002 - CA001

Fecha de Resolución30 de Junio de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

SALA III

CAUSA Nº 1774/2015: “ASOCIACION POR LOS DERECHOS

CIVILES Y OTROS c/ EN -HONORABLE CAMARA DE

SENADORES DE LA NACION Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, de junio de 2022.- SMM

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por resolución del 17 de marzo de 2022, la Sra. Jueza de primera instancia exhortó a la demandada para que “…arbitre los medios que se encuentran a su alcance…” para dar cumplimiento a la sentencia dictada en autos.

Para así decidir, consideró que sentencia debía ser cumplida, en atención al tiempo transcurrido y a “…la obligatoriedad que, como órgano legislativo tienen que integrar la Comisión que debe elegir al Defensor del Pueblo…”.

II- Que, contra la decisión de primera instancia, la parte actora interpuso y fundó su recurso de apelación mediante presentación del 25/3/2022.

La recurrente señala que viene a solicitar que se revoque parcialmente la decisión recurrida y que se “...exhorte a las presidencias de los bloques parlamentarios y a las presidencias de las Cámaras del Congreso de la Nación para que en el plazo de 10

días hábiles conformen la Comisión Bicameral Permanente acorde a lo establecido en el art. 2 a) de la ley 24.284. Para el caso de que las codemandadas no conformen la Comisión una vez vencido el plazo establecido, peticionamos que se impongan astreintes diarias y de valor progresivo a las presidencias de los bloques y a las presidencias de ambas Cámaras. Una vez conformada la Comisión, solicitamos se ordene la publicación del cronograma para el cumplimiento de la sentencia a partir de la apertura de un proceso participativo, abierto y transparente. A su vez, a fin de verificar el Fecha de firma: 30/06/2022

Alta en sistema: 01/07/2022

Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

cumplimiento de dicho cronograma, solicitamos se ordene a las demandadas a remitir mensualmente un informe detallado de las actividades continuas e ininterrumpidas que realicen a fin de proponer candidatos y/o candidatas para el cargo de Defensor o Defensora del Pueblo de la Nación a fin de que sean sujetos a la oportuna votación en el recinto. Para el caso de que las codemandadas no cumplan con el deber de informar mensualmente las actividades realizadas, peticionamos que se impongan astreintes diarias y de valor progresivo a los miembros de la Comisión Bicameral hasta tanto cumplan con la parte del proceso de nombramiento que tienen como deber indelegable”.

En primer lugar, en torno a los requisitos formales del recurso de apelación, destaca que ha sido interpuesto contra una resolución “...equiparable a definitiva en tanto vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido tanto en la Constitución Nacional como en Tratados Internacionales de Derechos Humanos”.

Por otro lado, apunta que “...el presente recurso de apelación se deduce contra la resolución del 17 de marzo de 2022 que resolvió

exhortar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y al Honorable Senado de la Nación a cumplir la sentencia firme dictada en autos, sin establecer plazo alguno ni medidas adicionales a fin de lograr su efectivo cumplimiento. En este punto, la resolución es equiparable a definitiva en tanto produce un daño insusceptible de reparación, por cuanto viola el derecho a la tutela judicial efectiva al posibilitar un nuevo incumplimiento sin consecuencias de la sentencia firme de autos y agrava la declarada "inconstitucionalidad por omisión" causada por la ausencia de un Defensor del Pueblo”.

En cuanto a los requisitos sustanciales del recurso, arguye que es en “...esta tercera oportunidad y ante un incumplimiento reiterado por parte de las demandadas de una sentencia firme con casi seis años de antigüedad, la jueza hace caso omiso a la solicitud de las actoras,

Fecha de firma: 30/06/2022

Alta en sistema: 01/07/2022

Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado...

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