ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO SAENZ S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

Fecha13 Octubre 2021
Número de expedienteCOM 026927/2018/CA001
Número de registro379

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y

CONSUMIDORES c/ BANCO SAENZ S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

Expediente N° 26927/2018/

Buenos Aires, 13 de octubre de 2021.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la actora la sentencia mediante la cual el señor Juez de primera instancia: i) rechazó la excepción de falta de legitimación activa; ii) hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva; iii) admitió

la excepción de prescripción; y iv) impuso las costas en el orden causado.

Las constancias de la sustanciación recursiva surgen de la nota de elevación, a la que se remite.

  1. La actora sostiene que la demandada aplica a las deudas contraídas por los usuarios mediante tarjeta de crédito una tasa superior al límite establecido previsto en la ley 25.065 o que excede el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contraen las obligaciones, infringiendo el límite previsto en los arts. 16 y 18 de la ley 25.065.

    En ese marco, afirma que la conducta que impugna debe adecuarse a los parámetros que indica, con reintegro de los fondos percibidos en exceso más intereses.

  2. En lo que aquí interesa, la excepción de falta de legitimación pasiva -opuesta por las codemandadas Prisma Medios de Pago S.A. y First Data Cono Sur S.R.L.-, fue admitida por el juez de primera instancia sobre la base de que no era aplicable al caso el art. 40 de la LDC, previsto para hipótesis de cadena de comercialización, ya que las codemandadas excepcionantes no habían participado en la conducta reprochada.

    En lo concerniente a la prescripción -alegada por todas las Fecha de firma: 13/10/2021 demandadas-, el magistrado consideró aplicable a la acción el plazo de Alta en sistema: 14/10/2021

    Firmado por: M.R.T., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO SAENZ S.A. Y OTROS s/ORDINARIO Expediente N°

    ASOCIACION POR LA DEFENSA 26927/2018

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    prescripción de 3 años previsto en el art. 47 de la ley 25.065, por entender que,

    dada su especialidad, desplazaba a los demás que refirió y al plazo genérico invocado por la actora.

  3. La demandante apeló lo decidido en cuanto hizo lugar a las excepciones de falta de legitimación pasiva y de prescripción.

    La Señora Fiscal ante la Cámara se expidió sobre el recurso en los términos que surgen del dictamen precedente.

  4. Recurso de la asociación actora sobre...

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