Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 30 de Mayo de 2019, expediente COM 008435/2016/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2019 |
Emisor | Camara Comercial - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C
ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y
CONSUMIDORES c/ BANCO COLUMBIA S.A. Y OTROS
s/ORDINARIO
Expediente N° 8435/2016/CA1
Juzgado N°5 Secretaría N°10
Buenos Aires, 30 de mayo de 2019.
Y VISTOS:
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Mediante la resolución de fs. 253/55, el Sr. juez a quo rechazó
la excepción de falta de legitimación activa opuesta por las demandadas,
Banco Columbia SA, First Data SA y Prisma Medios de Pago SA, y difirió el tratamiento de las restantes excepciones planteadas para el momento de dictarse la sentencia definitiva.
Esa decisión fue apelada sólo por Prisma Medios de Pago SA,
encontrándose fundado su recurso y contestado por la actora, según las constancias indicadas en la nota de elevación.
Precedentemente, dictaminó la Sra. fiscal general quien aconsejó
rechazar el recurso de apelación.
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A juicio de la Sala, el temperamento adoptado por el primer sentenciante debe ser confirmado.
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Con independencia de si la excepción de falta de legitimación activa fue interpuesta como de previo y especial pronunciamiento, dado el modo en que fue propuesta la cuestión, el primer sentenciante consideró
-correctamente, a criterio de los suscriptos-, que las defensas introducidas por las emplazadas debían ser analizadas en esos términos.
Nótese que la elucidación del asunto no exigía de mayores elementos que los propuestos por las partes en ese momento, a poco que se repare que lo sustancial de la cuestión fincaba en ponderar si en el caso se Fecha de firma: 30/05/2019 verificaba o no el cumplimiento de los recaudos a los que la Excma. Corte Alta en sistema: 03/06/2019
Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO),
Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DEDE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO COLUMBIA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO Expediente N°
ASOCIACION POR LA DEFENSA CÁMARA 8435/2016
Suprema de Justicia de la Nación supeditó la viabilidad de acciones como la de marras.
D. también, que la eventual generalidad que podría reprocharse al reclamo o la falta de delimitación en la descripción de la clase,
no incide sobre la legitimación de la actora para demandar, sino que refiere a aspectos que tienen que ver con el examen del fondo de la cuestión, con la medida o el alcance que, en caso de quedar demostrado el ilícito denunciado,
cabrá asignar a la pretensión.
El hecho de que tal dimensión no sea susceptible de ser verificada en este estado de la causa no resta legitimación a la actora para actuar en defensa de los intereses que invocó, asunto que en definitiva es sobre lo que había que decidir, quedando descartada por ende la necesidad de su diferimiento para una ulterior etapa.
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Sentado ello, corresponde ingresar al fondo del asunto.
Por lo pronto, cabe destacar que la parte actora se encuentra habilitada para accionar en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional, en defensa de los derechos de los consumidores que...
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