Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 8 de Octubre de 2019, expediente COM 025635/2017/CA001

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA F ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO COLUMBIA S.A. s/ORDINARIO Expediente N° 25635/2017 Buenos Aires, 8 de octubre de 2019.

Y Vistos:

  1. Viene apelada por la parte demandada, en forma subsidiaria, la resolución de fs. 408/412 -sostenida en fs. 429- que ordenó las medidas de publicidad del art. 54 LDC, en consonancia con los parámetros fijados en el primer juicio del colectivo (Expte. COM 25586/2017).

    En los fundamentos de fs. 413/418 consideró exorbitantes y desproporcionadas las formas acordadas, señalando el perjuicio económico que implicaría el alto costo de su puesta en marcha. Al mismo tiempo resaltó

    la inequidad de las cargas impuestas a cada una de las partes, solicitando por tanto la modificación de lo decidido.

    La entidad actora respondió el traslado conferido en fs. 421/428 y el Ministerio Público Fiscal tuvo intervención en fs. 438/440.

  2. a. Es innegable, dada la índole de los intereses que se ventilan en los procesos colectivos y teniendo presente que la cosa juzgada afectará a justiciables que eventualmente no han participado del proceso (arg. art. 54 LDC) que las facultades instructorias del juez deben tener un mayor grado de incidencia (cfr. L., H. E.-Speroni, J.C. "El principio dispositivo y los poderes del juez con relación a la prueba en los procesos colectivos" ponencia presentada al XXVI Congreso Nacional de Derecho Procesal, Santa Fe, 2011).

    Fecha de firma: 08/10/2019 Alta en sistema: 16/10/2019 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA #31009368#244730764#20191007151931752 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA F Tal especial escenario torna factible trascender los límites del agravio específico para integrarlo con valoraciones que de oficio se consideran pertinentes y favorables para encolumnar el trámite con las directrices del Alto Tribunal en la materia (cfr. esta S., 19/9/2017, “Consumidores Financieros Asoc. Civil para su Defensa c/BBVA Banco Francés SA s/ordinario”, Expte. COM 13553/2010).

    Ciertamente, desde sus inicios este Tribunal ha ordenado el cumplimiento de ciertas diligencias sustentándolas en el deber de colaboración que tienen las partes para que el proceso se desarrolle eficazmente (Fallos 322:1526). Viene al caso referir que la...

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