Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 10 de Septiembre de 2019, expediente COM 012981/2018/CA001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – S. F ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES C/ BANCO ITAU ARGENTINA S.A. S/ORDINARIO Expediente COM N° 12981/2018 AL Buenos Aires, 10 de septiembre de 2019.

Y Vistos:

  1. Viene apelada por la parte demandada la resolución de fs.

    536/540, que ordenó las medidas de publicidad del art. 54 LDC En el memorial de fs. 543/554 concretamente se agravió con respecto a: (i) los avisos destacados en sucursales bancarias, (ii) las notas postales y por correo electrónico a los clientes y ex clientes y (iii) avisos en la página web del banco.

    Se invocó al efecto la falta de previsión legal de las formas acordadas, a la vez de la irrazonabilidad y excesiva onerosidad que concitaría su puesta en marcha. Al mismo tiempo se resaltó la importancia institucional y estratégica que reviste el sitio web como instrumento operativo, de marketing y para fidelizar su clientela; de ahí que resulte crucial preservar y OFICIAL USO optimizar ese recurso de imagen, publicidad y servicios.

    La entidad actora respondió los agravios en fs.556/561 y el Ministerio Público F. tuvo intervención en fs. 566/569.

  2. a. Es innegable, dada la índole de los intereses que se ventilan en los procesos colectivos y teniendo presente que la cosa juzgada afectará a justiciables que eventualmente no han participado del proceso (arg. art. 54 LDC) que las facultades instructorias del juez deben tener un mayor grado de incidencia (cfr. L., H. E.-Speroni, J.C. "El principio dispositivo y los poderes del juez con relación a la prueba en los procesos colectivos"

    Fecha de firma: 10/09/2019 Alta en sistema: 11/09/2019 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA #32049882#242272953#20190906091116021 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – S. F ponencia presentada al XXVI Congreso Nacional de Derecho Procesal, Santa Fe, 2011).

    Tal especial escenario torna factible trascender los límites del agravio específico para integrarlo con valoraciones que de oficio se consideran pertinentes y favorables para encolumnar el trámite con las directrices del Alto Tribunal en la materia (cfr. esta S., 19/9/2017, “Consumidores Financieros Asoc. Civil para su Defensa c/BBVA Banco Francés SA s/ordinario”, E.. COM 13553/2010).

    Ciertamente, desde sus inicios este Tribunal ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR