Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 13 de Noviembre de 2014, expediente CAF 048290/2014/CA001

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 48290/2014 ASISTENCIA MECANICA INTEGRAL SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

I.Q., a fs. 50/51, el Tribunal Fiscal de la Nación rechazó la excepción de prescripción opuesta por Asistencia Mecánica Integral SA y, por ende, confirmó la resolución PRLA 9783/10; con costas.

Para resolver como lo hizo, en lo que aquí interesa, aclaró que el único agravio que surgía del escrito de apelación era la comentada excepción.

Recordó que la acción para imponer penas por las infracciones aduaneras prescribe por el transcurso de cinco años (arg.

art. 934, CA) y que, en el caso, por imperio de lo dispuesto en el artículo 935 del mismo cuerpo legal, el plazo había comenzado a correr el 01/01/06 y vencía el 31/12/10, en caso de no configurarse hechos suspensivos o interruptivos; ello así en la medida en que la infracción endilgada a la actora se habría cometido el 11/10/05, al oficializarse el PE 05 001 IC04 134590Y.

Sobre esa base, teniendo en cuenta que la apertura del sumario se había dispuesto el 01/11/05 y que la resolución aduanera apelada fue dictada el 15/12/10, concluyó en que esta última había sido tempestiva, pues a dicha fecha aún no había operado el plazo quinquenal de prescripción del citado artículo 934 del código.

A todo evento, aclaró que la apertura del sumario no había tenido virtualidad para interrumpir el plazo de prescripción en los términos del artículo 937, inciso a, del código, pues a dicha fecha el plazo de prescripción no había siquiera empezado a correr.

Fecha de firma: 13/11/2014 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 48290/2014 ASISTENCIA MECANICA INTEGRAL SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

  1. Que, contra dicha resolución, a fs. 55 interpuso apelación la parte actora (concedida a fs. 61) y a fs. 67/68vta. expresó

    agravios; que fueron replicados a fs. 73/74.

    En sustancia, plantea que el artículo 937, inciso a, del Código Aduanero establece como causal de interrupción de la prescripción el dictado del auto de apertura del sumario –momento a partir del cual empieza a correr, inmediatamente, el nuevo plazo de prescripción de 5 años-, y que, la circunstancia de que el artículo 935 establezca que la prescripción comienza a...

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