Asignación Tribunal Oral TO01 - R.E.B. s/ROBO EN DESPOBLADO Y EN BANDA
| Fecha | 04 Diciembre 2019 |
| Número de expediente | CCC 500000086/2008/TO01 |
| Número de registro | 251310389 |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 500000086/2008/TO1 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2019.-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver sobre la posible prescripción de la acción penal en relación a la presente causa N° 5073 y sus acumuladas N° 5254 y 5231 del registro de este Tribunal Oral de Menores N° 1 de la Capital Federal, seguidas a R.E.B. (argentino, nacido el 13 de septiembre de 1990 en pilar, pcia. de Buenos Aires, hijo de C.A.B. y de N.E.F., titular del Documento Nacional de Identidad N° 35.648.950, con legajo CM N° 148969 de de Policía Federal Argentina y prontuario N° 3245479 del Registro Nacional de Reincidencia), en orden a los delitos de robo en grado de tentativa –causa N° 5073- robo reiterado en dos ocasiones –hechos A y B- los cuales concurren en forma material entre si y con el delito de encubrimiento agravado por haber sido cometido con ánimo de lucro -causa N° 5231- y robo –causa N° 5254.-
Y CONSIDERANDO:
Que, en los requerimientos de elevación a juicio los Sres.
Fiscales de Instrucción, calificaron los hechos atribuidos a R.E.B. como constitutivos de los delitos de robo en grado de tentativa (arts.42 y 164 del Código Penal de la Nación) –causa N° 5073- robo reiterado en dos ocasiones –hechos A y B- los cuales concurren en forma material entre si y con el delito de encubrimiento agravado por haber sido cometido con ánimo de lucro (arts.45, 55, 164, 277 inc. 1° apartado “c” e inc. 3° apartado “b” del Código Penal de la Nación) –causa N° 5231- y robo (arts.45 y 164 del Código Penal de la Nación) –causa N° 5254.-
Que, recibida la presente causa en este Tribunal, con fecha 26 de febrero de 2008 se citó a las partes en los términos del artículo 354 del Código Procesal Penal de la Nación, (ver fs. 80).-
Fecha de firma: 04/12/2019 Alta en sistema: 05/12/2019 Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.S., Secretario de Cámara #2549454#251310389#20191205075547675 Recepcionada que fuera la causa N° 5254 en este Tribunal, con fecha 2 de julio de 2008 se citó a las partes en los términos del artículo 354 del Código Procesal Penal de la Nación, (ver fs. 80).-
Recibida la causa N° 5231 en este Tribunal, con fecha 19 de junio de 2008 se citó a las partes en los términos del artículo 354 del Código Procesal Penal de la Nación, (ver fs. 162).-
A fs. 125/126 obra el certificado de antecedentes confeccionado respecto de R.E.B..-
En este contexto, se corrió vista a la representante del Ministerio Público Fiscal, ante la posible prescripción de la acción penal, quién entendió que habiendo transcurrido el período de tiempo...
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