Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 29 de Diciembre de 2017, expediente CCC 011748/2013/TO01

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11748/2013/TO1 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2017.-

Y VISTOS:

Para resolver acerca de la petición de la Sra. Fiscal General para que se imprima el procedimiento abreviado previsto por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, en la causa nro. 4579 del registro de este Tribunal, seguida contra CHRISTOFER MARAVI CAJAGUAMAN (alías C.M.C. o K., carece de D.N.I., está identificado con legajo de reincidencia 02412599, prontuario policial R.H. 300.020, de nacionalidad peruana, nacido el 28 de julio de 1993 en Lima, República del Perú, hijo de E.M. y de B.C., soltero, con último domicilio conocido antes de su detención en Moreno 2740, 1° Depto. “10”, C.A.B.A., actualmente detenido en el C.P.F. II de M.P. a disposición conjunta con el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 17 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, Secretaría N° 3), la cual fue elevada a juicio por el delito de robo simple en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades. Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, la Dra. A.D., y en la defensa del procesado, la Defensora Oficial Coadyuvante, Dra. N.S..-

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el fiscal de instrucción, Dr. M.S., requirió la elevación a juicio en los siguientes términos:

    Hecho 1: El haber intentado sustraer un teléfono celular marca Samsung, modelo G. mediante el empleo de violencia física en la persona Fecha de firma: 29/12/2017 Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #8798482#197178439#20171229120432064 de J.A.B., suceso que tuvo lugar el 19 de marzo de 2013, alrededor de las 18:30 horas, en momentos en que éste último se hallaba detenido en la intersección de la Av. C. y la Av. 9 de Julio de esta ciudad.-

    En tales circunstancias el encausado, quien se encontraba a bordo de una bicicleta de color oscura, en forma imprevista quitó el celular mencionado que B. sujetaba con una de sus manos y llevaba hacía su oído, y se alejó rápidamente en contra mano por la Av. C. en sentido a la arteria C.P., por lo que B. corrió detrás de él llegando hasta Paraguay y Suipacha.-

    Minutos después, se acercó a él un motociclista del que desconoce datos quien llevó al damnificado a dar vueltas en su moto a fin de encontrar al imputado, fue así que al llegar a la calle Suipacha entre Santa Fe y M.T. de A. visualizó que a unos cincuenta metros se encontraba el sujeto que le había arrebatado su celular, quien estaba siendo retenido por personal policial, precisamente por el A.H.A.R. quien observó el momento en que el damnificado gritaba señalando al imputado, al tiempo que éste se daba a la fuga.-

    En ese instante, el Agente comenzó a perseguirlo sin perderlo de vista y, con la ayuda de un motociclista que lo trasladó en su motovehículo, logró

    darle alcance sobre la calle Suipacha al 1049. Finalmente, se extrajo el teléfono propiedad del damnificado del interior de la campera que M. llevaba colocada.-

    Hecho 2: El haber intentado sustraer un teléfono celular marca Sony, modelo Xperia “S”, mediante el empleo de violencia física en la persona de F.H.B., suceso que tuviera lugar el 17 de mayo de 2013, Fecha de firma: 29/12/2017 Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #8798482#197178439#20171229120432064 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11748/2013/TO1 alrededor de las 9:00 horas, en circunstancias en que el damnificado se encontraba en intersección de las calles Bolívar e Independencia de esta ciudad, próximo a su lugar de trabajo.-

    En ese momento, recibió un mensaje de texto en su celular, el que luego colocó en el bolsillo izquierdo del pantalón que vestía, instante en que el encartado, quien se hallaba a bordo de una bicicleta de color aluminio con rojo, se le aproximó desde atrás e introdujo su mano violentamente en el interior del bolsillo de Breustedt quitándole el teléfono que allí llevaba y destrozándole su pantalón, lo que provocó que el agraviado cayera al suelo.-

    Fue así que sin perderlo de vista comenzó a pedir auxilio, al tiempo que el encausado se dio a la fuga en dirección contraria al tráfico por la calle Bolívar, donde comenzó a ser perseguido por el S.C.D.A. quien se encontraba recorriendo la jurisdicción como “Bici-policía”, quien al ser alcanzado cayó de su rodado, por lo que continuó con su persecución a pie por las calles Chile, Defensa, P.S.L., logrando darle alcance sobre la Av. Paseo C. de este medio.-

    Finalmente, al ser aprendido el imputado y recostado sobre el suelo cayó del interior de la campera que llevaba el teléfono celular que momentos antes le sustrajera a B., quien al observarlo lo reconoció como de su propiedad…

    (cfr. fs. 144/7).-

    Calificó los hechos como constitutivos del delito de robo simple en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades que concursan Fecha de firma: 29/12/2017 Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #8798482#197178439#20171229120432064 materialmente entre sí...

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